Desde que se aprobó la Constitución de 1.991 se han hecho innumerables esfuerzos para desmontarla, a través de reformas parciales, pero nunca se había hecho tal esfuerzo para debilitar el aparato judicial como el proyecto que llega a la Cámara de Representantes para sus dos últimos debates.
John Locke, el filósofo de la democracia liberal, decía que un Estado podría tener unos poderes legislativos o ejecutivos débiles pero nunca el jurisdiccional.
Una de las excusas más generalizadas para responder a los altos niveles de impunidad y de incapacidad en la resolución del conflicto interno es que el Estado colombiano está en construcción.
La reforma a la justicia es una sumatoria de pequeños pactos logrados en concilios cerrados de espalda al país. Este proyecto no resuelve la congestión judicial, no agiliza los tiempos de acceso a la justicia y tampoco purifica el ejercicio político pero, sí crea conflicto de intereses como en el caso de la ampliación del período de los miembros de las altas cortes o de la edad de retiro forzoso incluyendo sus actuales miembros. ¿Qué harán los honorables magistrados de la Corte Constitucional cuando llegue esta reforma a sus despachos para el control de constitucionalidad?
Hay vicios de forma tan evidentes, como en el día de su aprobación en plenaria de Senado, cuando se repitió la votación, porque el texto que quería el gobierno no tuvo la mayoría requerida violando el reglamento interno del Congreso.
Entre la muchas inquietudes que genera este proyecto, está la creación de un consejo de disciplina judicial con origen en las altas cortes que se encargará de la investigación y juzgamiento en materia disciplinaria de todo aquel que ejerza función juridiccional, suprimiendo la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura quien tiene estas funciones, así como la de controlar los abogados, a cambio también de la creación de una colegiatura obligatoria de abogados con autodisciplina.
Pareciera que el gobierno desconociera la magnitud de los funcionarios judiciales sancionados por faltas en la aplicación y ejercicio de la justicia o el de los abogados que han faltado en su práctica profesional. Desde septiembre de 1.992 a marzo de 2.012 esta Sala Disciplinaria ha sancionado 3.240 abogados de los cuales ha excluido de la profesión a 309 y ha destituido 141 funcionarios de la rama de un total de 1.998 sancionados.
Desmontar una estructura de 20 años por unas conveniencias políticas, sacrificando una protección a los ciudadanos comunes de procedimientos y fallos injustos, sin tomar en cuenta que sin saberse en cuanto tiempo operará la nueva organización, sin tener medidas clara de transición, sin haber hecho un estudio de impacto social de esta medida, es una grave improvisación que favorece la impunidad y el prevaricato.
Si bien es cierto que la Comisión de Acusaciones de la Cámara nunca funcionó, que los congresistas tienen derecho a una doble instancia para su juzgamiento, que las dos salas del Consejo Superior de Judicatura han tenido cuestionamientos y conflictos con las altas cortes, hacer experimentos de acierto-error con la justicia en momentos de grave represamiento de procesos como los de justicia y paz o parapolítica y restitución de tierras con resultados inciertos nos es responsable con el país que merece una mejor reforma a la justicia.
/ Rodrigo Rojas Orozco