Por: Elespectador.com
Ya se recuperaron tierras arrebatadas, en casos emblemáticos, por la “Casa Castaño”, en Córdoba y por las Farc, en el municipio de Ataco (Tolima).
El programa de restitución de tierras avanza a pesar de las dificultades y, después de las tierras arrebatadas a las Farc, ahora la recuperación se hace a las criminales Bacrim.
Dice un informe del ministerio de Agricultura que un juez agrario de Norte de Santander profirió la primera sentencia en la que se ordena la restitución de tierras a una familia campesina de la región de El Zulia (Norte de Santander), víctima de las bandas criminales conocidas como las “Bacrim”.
Con el fallo se ratifica la decisión del Gobierno del presidente Juan Manuel Santos y del ministro de Agricultura, Juan Camilo Restrepo Salazar, de aplicar con igual rasero y sin distingos de quién fue el despojador, la Ley 1448 de 2011, remarca el informe.
Ya se recuperaron tierras arrebatadas, en casos emblemáticos, por la “Casa Castaño”, en Córdoba y por las Farc, en el municipio de Ataco (Tolima).
Tras el fallo del juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Cúcuta, la Unidad de Restitución de Tierras entregará a una pareja de propietarios y sus hijos, 11 hectáreas de tierra conformadas por dos predios, que debieron abandonar a raíz de las constantes instigaciones de la banda criminal “Los Urabeños”.
La historia
En Norte de Santander se había producido, hacia finales del año 2004, un proceso de desmovilización en el que más de mil integrantes de las llamadas Autodefensas dejaron las armas. De todas maneras, aún existía en la región alta presencia de estructuras armadas de este tipo y las derivadas Bacrim.
En marzo de 2007, integrantes de ese grupo armado irrumpieron en la parcela hoy cobijada por el fallo de la sentencia y, mediante amenazas de muerte, obligaron a la familia a abandonarla. Además les impusieron vender sus tierras a una persona en específico y a un precio irrisorio. Desde entonces, los propietarios y su familia adquirieron la calidad de desplazados y, radicados en Cúcuta, padecieron dificultades a causa de su condición de víctimas.
Los hoy restituidos no habían ni siquiera podido volver a tener noticias del predio y se mantenían en constante zozobra a causa del generalizado estado de violencia padecido en la zona.
Sin embargo, nunca perdieron la esperanza de retornar algún día a esta tierra de la que, entre otras cosas, recuerdan con gran afecto los pozos destinados a la piscicultura y el cultivo del arroz, producto típico de la zona. Ahora la restitución es una realidad para esta humilde familia de Norte de Santander.
La sentencia que ordena la restitución material del predio también contempla, como medida para garantizar la sostenibilidad del proceso de restitución y en beneficio del núcleo familiar, una serie de mandatos, entre los que se encuentran:
·Ordenar a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cúcuta el registro de la sentencia que reconozca el derecho fundamental a la restitución de tierras a favor de los solicitantes.
· Ordenar al Instituto Geográfico Agustín Codazzi la individualización e identificación del predio actualizando sus registros cartográficos y alfanuméricos.
· Las autoridades militares y de policía deberán velar por la seguridad de los propietarios y mantener las condiciones de seguridad en inmediaciones al predio a restituir.
· Las autoridades del municipio El Zulia deberán exonerar el pago de la cartera morosa de los restituidos en materia de impuesto predial, tasas o contribuciones.
· Se condonarán las deudas relacionadas con servicios públicos y deudas con el sector financiero que tengan relación con la familia beneficiada.
· Las entidades que participen en la adjudicación de los terrenos no podrán exigir dinero por los trámites que se necesiten para hacer realidad la entrega.
· La urt deberá establecer un programa especial que permita la aplicación de los beneficios de la restitución, tales como: créditos, adjudicación de vivienda rural, educación, capacitación, recreación y planes y programas de reforestación. Además, deberá coordinar con las autoridades departamentales o municipales, a través del Ministerio de Agricultura, la puesta en marcha de proyectos productivos que permitan el mejoramiento de las condiciones de vida de los propietarios.
En la sentencia también queda claro que el predio restituido no podrá ser transferido a otra persona durante los próximos dos años, salvo que se trate de un acuerdo entre el propietario y el Estado.
La actual sentencia es la tercera de su tipo proferida por los jueces en Norte de Santander. Hasta el momento se han entregado 24 hectáreas de tierra en este departamento, cifra que se espera aumente considerablemente a medida que crece la recolección de solicitudes y la presentación de demandas a las autoridades correspondientes.
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