Medida cautelar suspende sanción contra Gustavo Petro

Luego de admitir la acción de tutela presentada por el abogado José Pérez Soto como representante del Alcalde Gustavo Petro, en contra de la Procuraduría General de la Nación, el Tribunal Administrativo Superior de Cundinamarca decretó medida cautelar que  suspende provisionalmente  los efectos jurídicos del fallo disciplinario proferido por el Procurador Alejandro Ordoñez el pasado 9 de diciembre y ratificado el 13 de enero de 2014.

La suspensión provisional será hasta cuando se adopte la decisión de fondo que ponga fin al proceso de la tutela. La misma providencia ordena al señor presidente de la República, Juan Manuel Santos, que se abstenga de dar cumplimiento a la sanción de destitución impuesta por la Procuraduría General de la Nación al señor Gustavo Petro Urrego.

En una de las consideraciones tenidas en cuenta por el Tribunal Administrativo se lee que “cuando el Procurador profiere un acto administrativo ordenando destitución de un miembro de una corporación popular o de cualquier servidor público cuyo origen hubiere sido de elección popular, actúa sin competencia, en quebrantos a los postulados que informan el derecho fundamental constitucional al debido proceso”.

Más adelante agrega que “los tratados de derecho internacional públicos, suscritos por Colombia o ratificados por el Estado mediante leyes por el Congreso de la República, son e aplicación prevalente sobre el derecho interno y por contera, al no observar esa ordenación constitucional, es clara también por este aspecto, la vulneración de las reglas que informan el debido proceso.” En este caso se refiere a que la Convención Interamericana de Derechos prevé que los derechos políticos de las personas sólo pueden ser objeto de limitaciones como consecuencia de fallos judiciales.

De esta forma el Tribunal, con base en la Constitución Política, valida que el poder que el pueblo atribuye a sus gobernantes por medio del voto popular tiene la connotación de ser soberano y por ello, “no será viable que un servidor público administrativo o de control, como es el Procurador General de la Nación, pueda desinvestirlo de aquel poder soberano, máxime si ese Procurador a su vez, no ha sido investido de tales facultades por medio del voto popular.”

Ahora se espera el fallo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el cual, según los asesores jurídicos del Alcalde puede darse en estos días siguientes. Tal como se están presentando los acontecimiento es de esperar que la ciudadanía bogotana debe estar preparada para participar en el referéndum revocatorio el cual determinará si el Alcalde se va o se queda.

Mientras tanto el Alcalde trabaja en organizar “la multitud” tal como lo expresó en su intervención en la Plaza de Bolívar el lunes 13. Para el martes 14 convocó a los 17 nodos para con ellos organizar las reuniones por localidad. Para el miércoles 15 citó a los estudiantes, para el jueves 16 a los trabajadores de la salud y usuarios, para el viernes 17 a las mujeres y una gran marcha para el sábado 18 en horas de la tarde. El punto de encuentro es la Plaza de Bolívar después de la 5 de la tarde.

Por: Felix Cuatindoy.

Ofc prensa: CNAI

Ver texto completo del fallo de la Tutela: http://www.ambitojuridico.com/BancoMedios/Documentos%20PDF/tutela%20petro.pdf