Leyendo los acuerdos de paz no es mucho lo que se encuentra sobre los conflictos ambientales: En la lista de temas que conforman la agenda de conversaciones “para la terminación del conflicto y la construcción de una paz duradera” no aparece expresamente el ambiente; en el texto de los acuerdos sobre desarrollo rural las palabras ambiente o socioambiental son mencionadas unas cuantas veces y en el documento conjunto sobre cultivos de uso ilícito y política antidrogas la dimensión ambiental no existe. Es poco probable que se le de un lugar importante en el capitulo de victimas así que el peso de la cuestión ambiental en los pactos bilaterales de paz dependerá de la suerte de a la lista de “pendientes”. Y como esa suerte es de pronóstico reservado lo cierto es que no será en La Habana donde se le dé la importancia que merecen los temas ambientales. Este trabajo queda entonces para las agendas que se logren posicionar en la definición de los planes territoriales de desarrollo, en el Congreso de la República o en los escenarios abiertos por la movilización social que hace suyo lo ambiental.
¿Cómo explicar ese segundo plano cuando se habla ni más ni menos de desarrollo rural con enfoque territorial, de ordenamiento socioambiental de territorios o de respuestas regionales en las 500 mil hectáreas y los 500 ríos o quebradas que han estado impactados por cultivos de uso ilícito o la guerra antidrogas?
Es evidente que no han faltado propuestas desde diversos sectores y que la interrelación entre violencia y conflictos ambientales ha estado al orden del día. De modo que la poca atención que hasta la fecha ha merecido la dimensión ambiental de la paz solo puede entenderse como resultado de la decisión expresa del gobierno de no meter temas que puedan poner en el centro de la agenda lo relacionado con las políticas extractivistas, minero energéticas o sus impactos sobre territorios con su biodiversidad y recursos hídricos. Más lejanos quedan los debates sobre propiedad intelectual o patentabilidad desde la biodiversidad, mencionados apenas con respecto a las semillas. También podría pensarse que en la intención de limitar los temas de negociación al mínimo necesario para buscar un acuerdo de terminación del conflicto, las partes consideraron que lo ambiental sería considerado como una referencia al hablar del desarrollo rural o cuando fuera necesario meter la palabra socioambiental como indicación de que por allí queda pendiente algo importante que será desarrollado después en la fase 3 o de post conflicto.
LO QUE DICEN LOS ACUERDOS
Los textos aprobados mencionan lo ambiental en párrafos bastante escuetos como los siguientes.
En primer lugar se hace una alusión al principio de sostenibilidad para enmarcar la “reforma rural integral”. “Desarrollo sostenible: es decir, protección y promoción del acceso al agua y es ambiental y socialmente sostenible, dentro de una concepción ordenada del territorio”.
En otro momento se plantea la necesidad de planes de ordenamiento territorial con enfoque socioambiental y de usos racionales del suelo. “… prevenir e impulsar soluciones a los conflictos entre la vocación de la tierra y su uso real, teniendo en especial consideración el plan de zonificación ambiental del que trata este punto y teniendo en cuenta el principio de Bien- estar y Buen Vivir”.1
Y se le da importancia cuando se habla del “cierre de la frontera agrícola” poniendo el énfasis en el papel que tienen para ello las ZRC y otras figuras legales de ordenamiento territorial:
El gobierno “Apoyará a las comunidades rurales que actualmente colindan con, o están dentro de, las áreas de especial interés, a las que se aluden en el punto 1.9.1, en la estructuración de planes para su desarrollo, incluidos programas de reasentamiento o de recuperación comunitaria de bosques y medio ambiente, que sean compatibles y contribuyan con los objetivos de cierre de la frontera agrícola y conservación ambiental, tales como: prestación de servicios ambientales, dando especial reconocimiento y valoración a los intangibles culturales y espirituales y protegiendo el interés social; sistemas de producción alimentaria sostenible y silvopastoriles; reforestación; Zonas de Reserva Campesina; y en general, otras formas de organización de la población rural y de la economía campesina sostenible”. (Idem, documento conjunto No.36)
Además de estas se encuentran otras referencias como apellido de planes o problemas pero en ningún caso desarrollos sobre lo que esto implica en las políticas o como transformación de las actuales prácticas depredadoras y de imposición violenta de modelos económicos o formas de control territorial.
Los mayores desarrollos en iniciativas con consecuencias ambientales se encuentran en lo que trata de las Zonas de Reserva Campesina. Aparte de la función que se les asigna como instrumentos de ordenamiento para el “cierre de fronteras” se les atribuyen funciones de apoyo a la economía campesina y de protección de las zonas de reserva forestal. Es un tema muy importante que queda para posterior desarrollo en las leyes y demás normas que le den contenidos más detallados a los Planes de Desarrollo con enfoque territorial – PDET – que enmarcan todos los subplanes del acuerdo en el primer punto pactado en La Habana. En la reglamentación pendiente quedan por definirse aspectos cruciales como la sustracción de territorios de zonas de reserva forestal, superposición de solicitudes con territorios colectivos y criterios de protección ambiental de fuentes de agua, entre otros.
En el capítulo de Planes Nacionales para la Reforma Agraria Integral se le pone atención al “Plan Nacional de Riego y Drenaje” que se dirige a garantizar a la economía campesina el acceso democrático y ambientalmente sostenible al agua. Se aportan principios rectores de ese plan y se dejan para la fase 3 de post acuerdos la reglamentación que detalla los instrumentos y acciones que le dan contenido al plan en su dimensión ambiental.
¿Se le debe pedir mayor detalle a los temas ambientales abordados en este acuerdo entre el gobierno y las FARC? Si aquí no se agotan las necesarias transformaciones de las políticas ambientales para que sean consistentes con la construcción de paz estable y duradera ¿Cuándo y en donde se definirán los asuntos no pactados?
Por ahora hay que señalar que la constatación de los limites de los acuerdos sólo sirve para ponerle límite también a cualquier ilusión que lleve a pensar que la respuesta a todos los conflictos y dilemas ambientales que se presentan en Colombia va ha llegar de La Habana. En los pocos asuntos ambientales que han incluido en los acuerdos se encuentran importantes principios y el compromiso de implementar planes nacionales coherentes con ellos. El llenar de contenidos esos planes será una tarea pendiente para la fase posterior a la firma del acuerdo de terminación del conflicto armado y su contenido final dependerá no de la letra de los pactos sino de la capacidad de incidencia de los movimientos sociales y políticos que asumen el programa de una sociedad ambiental, sostenible, que reconozca efectivamente los derechos de la madre tierra.
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