Por Harold Ruiz
El Derecho Internacional Humanitario protege a los niños que han sido vinculados al conflicto o a quienes están en riesgo en el desarrollo de un conflicto armado como en el caso colombiano, en ningún escenario se pueden justificar las muertes de niños o niñas. Hacerlo es emplear un discurso que es muy peligroso puesto que está orientado a justificar cualquier clase de acción, supuestamente motivada por fines legítimos.
En el país en este gobierno autoritario del binomio Uribe-Duque, es una práctica constante que en el enfrentamiento con los actores armados se bombardeen campamentos donde han estado menores de edad, los que han muerto por la acción condenable del ejército, pero con contundencia debemos rechazar por igual la practica execrable del reclutamiento forzado de niños, lo que vale condenar estos hechos que violan las mínimas reglas de un conflicto armado y donde por parte del gobierno no se acude al derecho universal de precaución que permita preservar la vida de los menores, como lo ocurrido en el Guaviare y ahora una vez más han muerto cuatro menores de edad en el curso de un bombardeo del Ejército, en el Chocó.
Allí se configura un crimen de guerra, como lo señalan claramente el Tratado de Roma de 1978 sobre la Corte Penal Internacional, y otros instrumentos de Derecho Internacional. Pero igual sostiene con razón la Corte Constitucional que “un menor de edad, –entendido como el niño, niña o adolescente menor de 18 años–, es considerado en nuestro ordenamiento, como víctima del delito de reclutamiento ilícito, indistintamente de su forma de participación (voluntaria o forzosa) o su rol (directo o indirecto) en el conflicto armado” (Sentencia C-506/20).
La jurisprudencia constitucional como la contencioso administrativa, el principio de precaución -en especial cuando hay menores de por medio- debe operar oportunamente, antes de que se cause un daño (en caso de un bombardeo, su muerte o daño físico) y previamente a que se tenga certeza absoluta sobre la ocurrencia del mismo. No se necesita probar que la actividad que se pretende adelantar causará daño. Basta que existan suficientes datos y elementos de juicio para estimar que ese efecto nefasto puede ser ocasionado, para que se impongan la cautela y la prevalente protección de los niños.
En Colombia los indicadores demuestran que los niños no son la prioridad de este gobierno que los tiene abandonados y en vez de protegernos los somete a bombarderos permanentes. Y qué decir de casos aberrantes como el recién ocurrido en Tibú, donde fueron asesinados dos menores que antes de morir habían robado comida en un establecimiento comercial, donde es un claro ejemplo de las consecuencias del robo sistemático de la educación para los niños del país, niños sin educación ni recursos, roban comida y son asesinados por el sistema que no solo les robó la educación y las oportunidades sino ahora también, la vida.
Son varios los pronunciamientos que se han hecho sobre lo ocurrido en el Chocó, entre los que se encuentran el del Senador Iván Cepeda, quien afirmó: “El presidente Duque está justificando crímenes de guerra, porque los menores de edad no pueden ser objeto de acción indiscriminada, desproporcionada, sin ningún principio de protección o precaución y sin principio de distinción por parte de las Fuerzas Militares”.
Hoy el país debe cumplir con los tratados internacionales y la ley colombiana, los niños y las niñas requieren la protección del estado y de cara a las elecciones presidenciales, los programas de los candidatos deben contemplar como prioridad los derechos integrales de los menores de edad.