La libertad de prensa

Por Walter Aldana

La libertad de prensa es el respeto y el cobijo de las personas y los medios de comunicación que con responsabilidad y autocontrol, informan a las y los ciudadanos sobre los hechos que les afectan para mal y/o para bien.

En una sociedad decente, quienes ejercen el gobierno respetan a quienes, desde el oficio de comunicar, expresan reconocimiento o críticas al procedimiento de actuar de los funcionarios y servidores públicos. Para garantizar ello es necesaria la libertad de expresión.

En esa sociedad, las opiniones y posturas de los periodistas no dependen de la pauta publicitaria para hablar bien o mal del gobierno según convenga. Incluso hacen gala de la paridad informativa de quien es titular del derecho de acceder a la verdad (comunidad) y el garante del mismo (medios de comunicación y periodistas).

El Centro de Ética Aplicada de la Universidad Deusto, fundada por la compañía de Jesús en Bilbao (país Vasco), define que “los actos y decisiones que adoptan las instituciones y administraciones públicas se basan en unos criterios sobre qué es correcto o incorrecto. La ética pública analiza esos criterios para ver cómo conseguir que las regulaciones, políticas y prácticas públicas contribuyan al bien común, a través de una justicia social e integradora de la diversidad” (1).

Y es con este marco que me resulta preocupante la humillación representada en que la mayoría gobiernista en el Congreso (que debemos cambiar en el 2022), amparada en la necesidad de legislar contra la corrupción, haya integrado un “mico” al Proyecto de Ley No. 369 de 2021 en Cámara de Representantes, que “establecía penas carcelarias y pecuniarias superiores para el ciudadano que injurie o calumnie a cualquier funcionario o exfuncionario público y a sus familias”. De igual manera, “si la calumnia o injuria proviene de un representante legal o miembro de una organización comunitaria, el castigo sería la suspensión o cancelación de su personería jurídica”.

La página de internet, kien y k punto com, radar K, informa que “con 73 votos negativos contra 51 a favor de eliminar el mencionado artículo del Proyecto de Ley Anticorrupción, se eliminó la pena carcelaria y se deja la suspensión o pérdida de la representación legal de la organización”.

Vulgar y propia acción de un “estado de opinión”, que a través del miedo y la amenaza, pretende colocar la mordaza al oficio de informar con responsabilidad.

Notas:

(1) https://socialesyhumanas.Deusto.es/cs/Satellite/socialesyhumanas/es/centro-etica-aplicada/etica-por-areas/etica-publica