Por Fredy Escobar Moncada
En Colombia está enquistada la relación entre la concentración de la tierra y la captura del poder político regional y local, en especial en las zonas más apartadas de Bogotá. Los privilegiados de esta situación predominan en la oposición conservadora a las iniciativas del gobierno nacional para democratizar la tenencia de la tierra y el ordenamiento territorial. Es la misma reacción que le puso palos en la rueda a las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz y a los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial derivados del Acuerdo entre el Estado y las guerrillas de las FARC EP.
Desactivar violencia exige reconocer territorios excluidos que ejerzan su representación política: es el caso de los PDET y las CTEP: nuevas escalas de planeación y nuevos territorios de representación. Tanto la CPC de 1991 como el Acuerdo del 2016 aportan instrumentos para la construcción de una democracia avanzada. En tal sentido, hay que superar la mirada espacialista heredada de la ley 388 de 1997 y los Planes de OT. El concepto de Ordenamiento Territorial logrado en la constituyente del 91 es la distribución del poder y sus desarrollos en la Ley Orgánica de 1454 de 2011.
¿Hay una nueva correlación de fuerzas favorable al Estado Social de Derecho y a la Democracia Participativa? La Constitución Política incluye en el OT la división del territorio en regiones y provincias, la autonomía de las entidades territoriales, gobernarse por autoridades propias, distribuir competencias, administrar recursos y tributos, y otras cuestiones para el cumplimiento de las funciones del Estado. El antecedente fue la oleada de descentralización con la elección popular de alcaldes. Los cambios en el mapa político administrativo le caen bien a la paz.
Pese a esta fundamentación constitucional y conceptual en la cual siempre hay que recordar a Orlando Fals Borda y su extraordinario trabajo, tuvieron que pasar 20 años hasta promulgar la 1454. Aunque no ha sido ejecutada siendo ley Orgánica, como sus similares en jerarquía, las leyes del Plan de Desarrollo y de Presupuesto. También fueron 20 los proyectos de LOOT con fuertes resistencias para mantener el mapa político y los privilegios que favorece. Esa oposición vino precisamente de quienes concentran la propiedad de la tierra y tienen capturado el poder local.
El gobierno nacional planteó la posibilidad de crear el departamento del Magdalena Medio y eso animó otros territorios a superar la tradición departamental del siglo XIX cuyo proceso de creación se llamó Regeneración. Y al mismo tiempo anunció la distribución de por lo menos tres millones de hectáreas de tierra acordadas en La Habana, así como otras políticas para ordenar el territorio a saber, el catastro, cambios en los usos del suelo y criterios distintos para la distribución del espacio, especialmente ambientales y poblacionales. Colombia tiene instrumentos constitucionales, legítimos, hacia la democratización del territorio del Estado y con estos cumple con reclamos históricos de representación subnacional.