Por Albeiro Caro / Coordinador del Programa Territorio, Paz y Desarrollo de la CNAI
Hace unas semanas, el secretario Jurídico de la Presidencia de la República, Vladimir Fernández, envió un concepto a la Corte Constitucional, con ocasión de un requerimiento para sustentar la respuesta gubernamental ante una demanda contra la Ley 2272 de 2022, Ley de Paz Total modificatoria de la Ley 418 de 1997. En dicho concepto, el Secretario Jurídico sustentaba que Iván Márquez y el Grupo de la Segunda Marquetalia no podían tener estatus político por haber desertado del proceso fundamentado en el Acuerdo Final de Paz suscrito en 2016 entre el Gobierno de Juan Manuel Santos y las extintas FARC-EP.
Sin embargo, como lo registra Osorio [1], dos semanas después, mediante comunicación posterior a la Corte Constitucional firmada por los Ministros Néstor Osuna, de la cartera de Justicia; Iván Velásquez, de Defensa y el propio Secretario Jurídico, Vladimir Fernández, se cambió el concepto para asegurar que el presidente Petro cuenta con facultades dentro de la Ley de Paz Total [2] para determinar el tipo de proceso a seguir, a partir de las circunstancias específicas de los grupos armados ilegales que manifiesten su intención de entrar en procesos de diálogo, negociación de paz o sometimiento a la justicia.
Como se recordará, existen dos modalidades de proceso en la política de paz, según el perfil del grupo armado ilegal: 1) De negociación con grupos armados con los que se adelanten diálogos de carácter político, en los que se pacten acuerdos de paz. Se entiende que estos grupos tienen la dirección de un mando responsable y ejercen un control sobre una parte del territorio que les permite realizar operaciones sostenidas y concertadas. 2) Las estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto conformadas por un número plural de personas, con estructura jerárquica y/o en red, cuyas conductas están tipificadas en la Convención de Palermo, las cuales se enmarcan en patrones criminales donde se incluye el sometimiento violento de poblaciones rurales y urbanas y que operan en una o más economías ilícitas.
La Ley 2272 de 2022 plantea que se entenderá como estructura armada organizada de crimen de alto impacto a los “exmiembros de grupos armados al margen de la ley desmovilizados mediante acuerdos pactados con el Estado Colombiano, que contribuyan con su desmantelamiento”. Este aspecto genera un poco de confusión en relación con el caso de la Segunda Marquetalia e Iván Márquez, dada la reincidencia de este grupo y su vuelta a las armas, después de desertar del Acuerdo de Paz suscrito con el gobierno.
Sin embargo, mediante la segunda sustentación del equipo de gobierno, se busca que sea el presidente Gustavo Petro quien pueda tomar la decisión acerca del tipo de negociación a realizar con la Segunda Marquetalia, sin necesidad de establecer una nueva ley o de reformar la ya existente.
Aunque la oposición al gobierno pretende que el caso de Iván Márquez y la Segunda Marquetalia sea de sometimiento y no de negociación, también existen voces como la de la Presidencia del Partido Comunes, Rodrigo Londoño @TimoComunes [3], último comandante de las FARC EP, quien sustenta que “la paz es un asunto prioritario y una deuda histórica con las comunidades más humildes del país”. En su comunicado, resalta que sectores muy poderosos del país se cohesionaron alrededor del gobierno Duque para buscar de manera sistemática el saboteo a la paz, en procura de la reactivación de la violencia. Expresa que comienzan a salir a la luz pública las diversas maniobras y entrampamientos liderados por altos funcionarios del gobierno Duque y la Fiscalía de Néstor Humberto Martínez, en contra de antiguos jefes guerrilleros, dirigentes políticos e, incluso, contra el hoy Canciller, Álvaro Leyva Durán. En este contexto, después de valorar el compromiso del 95% de los firmantes del Acuerdo de Paz, en medio de la adversidad, para cumplir con la palabra empeñada y de exaltar los esfuerzos del Gobierno Petro para avanzar hacia el desmonte de todas las violencias y aparatos militares, exhorta a no cerrarle la puerta a ningún grupo armado con voluntad de sumarse a la paz.
En tal sentido, a la par que resalta las convicciones políticas de Iván Márquez, señala las diversas circunstancias que lo llevaron a tomar la errónea decisión de volver a las armas, factor que reanimó la violencia, con graves efectos sobre comunidades humildes. No obstante, valorando el momento político del país y el retorno de Iván Márquez y demás organizaciones armadas de ex integrantes de las extintas FARC EP, invita a reconocerles su carácter político, con el fin de lograr que el Gobierno logre allanar los caminos para superar definitivamente la violencia.
En el mismo sentido se pronuncia Alejandra Miller [4], directora de la Agencia de Reincorporación y Normalización – ARN quien asegura que hubo “entrampamiento” al proceso de paz que empujó a varios excombatientes a retomar las armas. Resalta que la Comisión de la Verdad tiene documentado el caso que llevó a que varias personas tomaran la decisión equivocada de rearmarse y subraya que en el marco de la paz total es pertinente dar una segunda oportunidad a quienes firmaron la paz e insiste en que no aceptar el carácter político de la Segunda Marquetalia es mantener una guerra que afecta al país.
En tal sentido, destaca que nadie es rebelde por una decisión judicial y que hay una plataforma política y una trayectoria de 30 o 40 años en guerra, con carácter político. Por tanto, estimula al gobierno a flexibilizar el pensamiento.
Las reflexiones anteriores, planteadas desde la Presidencia de Comunes, como de la Directora de la ARN invitan a reflexionar acerca del contenido del Acto Legislativo 1 de 2016 [5] que incorpora en el Artículo 4° un artículo transitorio sustentado en el Derecho a la Paz y en el Acuerdo Final para incorporar un Acuerdo Especial en términos del Artículo 3 común a los convenios de Ginebra de 1949, para ofrecer garantías de cumplimiento del Acuerdo Final. En tal sentido, el entrampamiento señalado, con respecto al cual surgen nuevas evidencias, rompe con los postulados de buena fe consagrados en la Constitución y mantiene la trayectoria histórica, ya padecida dese 1984, de búsqueda de exterminio físico y moral de la oposición política, como se evidenció en la tragedia del Unión Patriótica y la reciente condena al Estado colombiano, por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Allí cabe responsabilidad del Estado y de personas específicas, en su rol de altos funcionarios que, por acción, estigmatización y omisión incidieron para frustrar o afectar procesos de paz con evidente incidencia de la violencia, víctimas mortales y daño a los procesos de paz.
Es de resaltar que Iván Márquez (Luciano Marín), también vivió aquella luctuosa experiencia y fue Representante a la Cámara por el departamento del Caquetá, en tiempos del proceso de paz de Belisario Betancur en 1984. Precisamente, la persecución enconada del proyecto de transición de la guerrilla a partido político, encarnado en la UP en aquella época, lo llevó a reintegrarse nuevamente a las filas de las FARC EP frustrándose así una oportunidad para la paz, como se ha evidenciado en la Sentencia de la Corte IDH.
La vuelta a las armas en 2018 de Iván Márquez y el surgimiento de la Nueva Marquetalia, a raíz del entrampamiento en contra de Jesús Santrich y de la JEP es explicable como ley de inercia de sus anteriores experiencias, dentro de una lógica reactiva. Sin embargo, no es justificable desde el punto de vista de los posibles márgenes de maniobra de los excomandantes de las FARC para sortear la coyuntura política. Su respuesta fue la de evitar la muerte o una eventual extradición basada en elementos provocadores, señuelos y montajes de contubernio entre la Fiscalía de Néstor Humberto Martínez, Agentes de la DEA disfrazados de narcos del Cartel de Sinaloa y la sincronía con las objeciones del binomio presidente Duque – Fiscal Néstor Humberto Martínez, en contra de la Justicia Especial para la Paz, como los muestra Edinson Arley Bolaños en Revista Raya [6].
De otro lado, la expulsión de la JEP, a raíz del rearme, puede dejar en claro que dicha instancia judicial que constituye la columna vertebral del Acuerdo de Paz ya no aplica para la Segunda Marquetalia, en las condiciones actuales. Sin embargo, ello no significa que el perfil y la actuación de dicha organización sea equiparable a las características del Clan del Golfo, o de los Pachenga, que constituyen organizaciones multicrimen de alto impacto cuyo camino de paz total es el sometimiento a la justicia y su desmantelamiento como organizaciones.
Seguramente, el Gobierno Petro sabrá encontrar por el camino de los diálogos, el acompañamiento internacional, la asesoría jurídica y política pertinente desde las experiencias internacionales, las mejores opciones para que la justicia alternativa, la verdad, la no repetición y la reparación de las víctimas, que constituyen el sujeto principal de todo acuerdo de paz, derive en formas innovadoras de negociación con los grupos disidentes de carácter político, incluyendo a la Segunda Marquetalia, con miras a cerrar el ciclo de los conflictos armados en la historia del país.
Fuentes:[1] Osorio Zuluaga Daniela. Reversazo del Gobierno: concepto dice que Petro puede darle estatus político a disidencias de Iván Márquez. El Colombiano. Febrero 27 de 2023.
https://www.elcolombiano.com/colombia/petro-y-su-gobierno-cambian-sobre-ivan-marquez-y-segunda-marquetalia-para-paz-total-IP20589427[2] Congreso de Colombia. Ley 2272 de 2022. Función Pública. Noviembrte 04 de 2022.
Redacción Cambio. La historia oculta del militar que mató a Jesús Santrich en Venezuela.
Revista Cambio. Febrero 11 de 2023.
https://cambiocolombia.com/poder/la-historia-oculta-del-militar-que-mato-jesus-santrich-en-venezuela[3] Londoño Rodrigo @TimoComunes. Comunicado a la Opinión Pública. La paz es un asunto prioritario para la nación y una deuda histórica para las comunidades más humildes del país. Febrero 23 de 2023.
https://twitter.com/TimoComunes/status/1628745013915013120?s=20[4] Miller Alejandra. “Entrampamiento al proceso de paz empujó al rearme”: Directora de la ARN. El País Judicial. Febrero 25 de 2023.
https://www.elpais.com.co/judicial/entrampamiento-al-proceso-de-paz-empujo-al-rearme-directora-de-la-arn.html[5] Constitución Política de Colombia. Acto Legislativo 01 de 2016. Artículo 4.
https://www.cijc.org/es/NuestrasConstituciones/COLOMBIA-Constitucion.pdf[6] Bolaños Edinson Arley. Así se ejecutó el entrampamiento a la JEP: el video y los chats ocultos. Revista Raya. Febrero 14 de 2023.