Casi 18 años después que un reducto guerrillero del Bloque Sur de las Farc, se tomara el municipio de San José del Fragua y en la arremetida contra la Estación de Policía, destruyera todos los bienes muebles y el inmueble en el que una familia de la localidad del sur del Caquetá residía y tenía un negocio; el Consejo de Estado dispuso que la Nación, debe reparar a los damnificados, no sólo patrimonial, sino también, moralmente.
El hecho por el que el máximo tribunal de la justicia contenciosa administrativa, accedió a las pretensiones de los esposos Pedro Valencia Rubiano y Rosario Sánchez Guevara, de modificar la sentencia proferida en primera instancia el 22 de agosto de 2002 por el Tribunal Contencioso Administrativo que sólo estipulaba que se les indemnizara patrimonialmente, ocurrió, según escrito de la demanda, el 25 de abril de 1996.
Según se pudo establecer, la familia conformada por los jefes del hogar y cinco hijos, había establecido su vivienda de habitación en la carrera 3ª número 2-41/45, contiguo a la parte trasera de la Estación de Policía en San José del Fragua.
En el inmueble, los Valencia Sánchez, además de vivir, tenía un negocio, llamado ‘Lizeth 2’, en el que además de cafetería, se ofrecían los servicios de panadería, heladería y restaurante.
No obstante, la noche del 25 de abril de 1996, cuando un grupo de guerrilleros, asaltaron el pueblo, algunos policías buscando refugio, se metieron en el inmueble, por lo que los rebeldes, lanzaron bombas y granadas, destruyendo totalmente la edificación.
“Eso gritaban que no los fueran a matar, que ellos eran civiles y como la guerrilla le tiraba a unos policías que se habían metido a ese establecimiento comercial y dentro del horno, entonces le tiraban granadas a esa casa, esa gente se salvó de milagro”, dijo uno de los testigos dentro del proceso.
Dentro de la demanda, se alegaba, que luego del ataque, la familia Valencia Sánchez al haberlo perdido todo, se mudó a Florencia, sin embargo en la ciudad, los jefes del hogar no lograron conseguir empleo, por lo que tuvieron que devolverse a Curillo para no pasar necesidades.
Sin embargo, en primera instancia, el Tribunal Contencioso Administrativo, si bien, declaró responsable a la Nación, al Ministerio de la Defensa y a la Policía, por cuanto se le impusieron unas cargas a los afectados que ellos no tenían por qué soportar, sólo por el hecho de ser vecinos de la estación policial, la sanción fue solo patrimonial al estar acreditado que con el ataque perdieron los equipos que se tenían para la elaboración y comercialización de productos, tales como un horno industrial, una estufa a gas, vitrinas, mesas y sillas.
No obstante, los demandantes reclamaban los perjuicios morales que padecieron luego del ataque como el desarraigo, por lo que apelaron. Así en segunda instancia, el Consejo de Estado les dio la razón y modificó la sentencia, ordenando que se les repare por el dolor y la aflicción que sufrieron.
Tomado de: http://hsbnoticias.com/vernoticia.asp?ac=Familia-victima-de-las-Farc-sera-reparada-&WPLACA=94568