{"id":17282,"date":"2015-07-14T16:44:15","date_gmt":"2015-07-14T21:44:15","guid":{"rendered":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/?p=17282"},"modified":"2019-08-26T15:08:39","modified_gmt":"2019-08-26T20:08:39","slug":"gran-planton-en-contra-del-fuero-penal-militar","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/2015\/07\/gran-planton-en-contra-del-fuero-penal-militar\/","title":{"rendered":"Gran plant\u00f3n en contra del fuero penal militar"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><a href=\"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-content\/uploads\/2015\/07\/Planton.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\" size-large wp-image-17283 aligncenter\" src=\"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-content\/uploads\/2015\/07\/Planton-425x640.jpg\" alt=\"Planton\" width=\"425\" height=\"640\" srcset=\"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-content\/uploads\/2015\/07\/Planton-425x640.jpg 425w, https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-content\/uploads\/2015\/07\/Planton-199x300.jpg 199w\" sizes=\"(max-width: 425px) 100vw, 425px\" \/><\/a>La mesa de trabajo sobre ejecuciones extrajudiciales de la CCEEU (Coordinaci\u00f3n Colombia, Europa, Estados unidos) extiende la invitaci\u00f3n al gran plant\u00f3n en contra del Fuero penal militar este mi\u00e9rcoles 15 de julio a las 10 de la ma\u00f1ana en el que las organizaciones demandar\u00e1n frente a la corte constitucional en la calle 12 N\u00ba 7-65, dicha reforma.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Para contextualizar y como lo explic\u00f3 en el 2010, Armando Borrero Mansilla, \u201cEl fuero militar se entiende como un derecho para la guerra que se extiende, en los tiempos de paz, a las actividades de preparaci\u00f3n para la misma, vale decir a la vida que se desarrolla dentro de las organizaciones militares. Los fueros militares se remontan a la antig\u00fcedad, y el derecho romano lo contemplaba de manera precisa. La raz\u00f3n de ser inicial de un fuero militar estrib\u00f3 en la necesidad de contar con unas disposiciones y unos jueces in situ que garantizaran la aplicaci\u00f3n del derecho penal en las campa\u00f1as militares, cuando el aparato normal de justicia no pod\u00eda acompa\u00f1ar a las tropas, y en la necesidad de que esos jueces conocieran por experiencia propia las condiciones espec\u00edficas de la guerra y de la vida militar. Tanto las campa\u00f1as militares como la vida institucional necesitan de una justicia r\u00e1pida y eficaz, porque las faltas de los militares en su \u00e1mbito ponen en peligro la disciplina, la moral de las tropas y la disposici\u00f3n para afrontar la prueba suprema del combate\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De igual forma Borrero plantea que aunque el fuero militar existe en la mayor\u00eda de los Estados, ha cambiado su planteamiento, su funcionalidad y sus m\u00e9todos debido a que las condiciones de la guerra van cambiando con el pasar del tiempo, al igual que las comunicaciones y todo lo que rodea este fen\u00f3meno, el de la guerra. Hist\u00f3ricamente \u201cen el Estado colombiano el fuero militar se hered\u00f3 de la tradici\u00f3n espa\u00f1ola y especialmente de los fueros establecidos en las reformas militares borb\u00f3nicas, las promulgadas por el rey Carlos III a finales del siglo dieciocho\u201d. (Ver columna completa en <strong><em><a href=\"http:\/\/www.razonpublica.com\/index.php\/politica-y-gobierno-temas-27\/869-el-fuero-militar-en-colombia.html\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">El Fuero Militar en Colombia<\/a>\u00a0<\/em><\/strong><em>de razonpublica.com<\/em>).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el a\u00f1o 2013 la Silla Vac\u00eda plante\u00f3 los diez puntos m\u00e1s pol\u00e9micos de la ley del fuero militar, luego de que varios expertos en DIH al leer las 30 p\u00e1ginas del proyecto, encontraran varios puntos algo ambiguos, en resumidas cuentas son:<\/p>\n<p>1. El proyecto estipula que las reglas del derecho internacional humanitario ser\u00e1n las que gu\u00edan la conducci\u00f3n de hostilidades por parte de la Fuerza P\u00fablica en contra de grupos armados. Es decir, deja en manos de los militares la definici\u00f3n de los \u2018blancos\u2019 leg\u00edtimos.<\/p>\n<p>2. Los que defienden el proyecto han dicho que as\u00ed se firme la paz, las bacrim continuar\u00e1n y tambi\u00e9n reductos de la guerrilla que no se desmovilicen. Es decir, que no se acabar\u00e1 el conflicto armado.<\/p>\n<p>3. El proyecto abre la compuerta para que los falsos positivos queden impunes, seg\u00fan las fuentes consultadas por La Silla creen que esto suceder\u00e1, por tres razones, la primera por la defici\u00f3n que utiliza el proyecto para la ejecuci\u00f3n extrajudicial, segundo es por lo que se conoce como el principio de legalidad debido a que hoy en d\u00eda no existe el delito de ejecuci\u00f3n extrajudicial como tal y la tercera raz\u00f3n tiene que ver con la forma como el proyecto invirti\u00f3 la duda sobre la relaci\u00f3n con el servicio. Hoy, si existe una duda sobre si un presunto delito cometido por un militar debe ir a la justicia penal militar o a la ordinaria, gana la justicia ordinaria.<\/p>\n<p>4. La Justicia Penal Militar no ser\u00e1 totalmente independiente.<\/p>\n<p>5. La definici\u00f3n de da\u00f1o colateral. La pregunta, entonces, es qu\u00e9 van a considerar los militares que no es manifiestamente excesivo. \u00bfLo es que mueran dos familias campesinas civiles si es el \u201ccosto\u201d de dar de baja a un jefe guerrillero como Timochenko?<\/p>\n<p>6. Cambia la estructura de responsabilidad de los agentes del Estado. Este proyecto dice que todo lo que no est\u00e1 prohibido est\u00e1 permitido a los militares.<\/p>\n<p>7. Pone la carga de la prueba en la Fiscal\u00eda. Este proyecto de ley dice que en los procesos judiciales contra miembros de la Fuerza P\u00fablica, la Fiscal\u00eda o la justicia penal militar tendr\u00e1n que demostrar que se cometi\u00f3 un delito, incluyendo la demostraci\u00f3n de que el muerto era un civil o un \u201cblanco leg\u00edtimo\u201d.<\/p>\n<p>8. El error invencible. El \u00fanico eximente de responsabilidad para los delitos de lesa humanidad es que el militar haya cometido un \u201cerror invencible\u201d. La pregunta es c\u00f3mo se puede cometer este tipo de error cuando se trata de un \u201cataque generalizado o sistem\u00e1tico\u201d.<\/p>\n<p>9. El poder preferente del Tribunal de Garant\u00edas. Esta ley establece que este Tribunal tiene el \u201cpoder preferente\u201d para intervenir en cualquier proceso penal que se adelante contra un miembro de la Fuerza P\u00fablica, incluso cuando lo adelanta la justicia ordinaria. Y puede tumbar una acusaci\u00f3n de la Fiscal\u00eda cuando considera que se violan las garant\u00edas de los acusados.<\/p>\n<p>10. El proyecto no fue consultado con el resto del Gobierno<br \/>\n(Ver completo en <strong><em><a href=\"http:\/\/lasillavacia.com\/historia\/los-diez-puntos-mas-polemicos-de-la-ley-de-fuero-militar-42490\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">Los diez puntos m\u00e1s pol\u00e9micos de la ley de fuero militar<\/a>\u00a0<\/em><\/strong><em>de La Silla Vac\u00eda<\/em>)<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En junio de este a\u00f1o la plenaria de la C\u00e1mara de Representantes aprob\u00f3 en \u00faltimo debate reforma al Fuero Penal Militar con el fin de conformar los par\u00e1metros precisos y claros para juzgar a los militares directamente involucrados en el conflicto interno del pa\u00eds.<\/p>\n<p>Desde los inicios del debate se dej\u00f3 en claro que en ning\u00fan momento quieren que el tema de impunidad est\u00e9 mezclado en dicho proceso por lo tanto el representante \u00c1lvaro Hern\u00e1n Prada (Centro Democr\u00e1tico) dijo que los militares no est\u00e1n buscando impunidad sino que los juzguen con conocimiento t\u00e9cnico adecuado, por su parte el representante \u00d3scar Fernando Bravo (Conservador), encargado del tema en la C\u00e1mara, defendi\u00f3 la iniciativa se\u00f1alando que \u201cdebe ser la justicia especializada la que juzgue a los militares, debe ser gente que conozca del combate, gente que conozca del conflicto y del manejo de armas\u201d.<\/p>\n<p>\u201cUn juez civil no tiene la preparaci\u00f3n adecuada para juzgar a una persona que haya cometido una posible infracci\u00f3n dentro de un combate\u201d, explic\u00f3.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"text-decoration: underline;\">La Constituci\u00f3n quedar\u00e1 as\u00ed:<br \/>\n<\/span><br \/>\n\u201cDe las conductas punibles cometidas por los miembros de la Fuerza P\u00fablica en servicio activo y en relaci\u00f3n con el mismo servicio conocer\u00e1n las Cortes marciales o tribunales militares con arreglo a las prescripciones del C\u00f3digo Penal Militar. Tales Cortes o tribunales estar\u00e1n integrados por miembros de la Fuerza P\u00fablica en servicio activo o en retiro. En la investigaci\u00f3n y juzgamiento de las conductas punibles de los miembros de la Fuerza P\u00fablica en relaci\u00f3n con un conflicto armado o un enfrentamiento que re\u00fana las condiciones objetivas del Derecho Internacional Humanitario se aplicar\u00e1n las normas y principios de \u00e9ste. Los jueces y fiscales de la justicia ordinaria y de la justicia penal militar o policial que conozcan de las conductas de los miembros de la Fuerza P\u00fablica deber\u00e1n tener formaci\u00f3n y conocimiento adecuado del DIH. La justicia penal militar o policial ser\u00e1 independiente del mando de la Fuerza P\u00fablica\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">(Ver completo en <strong><em><a href=\"http:\/\/www.elespectador.com\/noticias\/politica\/aprobada-ultimo-debate-reforma-al-fuero-penal-militar-articulo-565574\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">Aprobada en \u00faltimo debate reforma al Fuero Penal Militar<\/a>\u00a0<\/em><\/strong><em>de El Espectador<\/em>)<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La mesa de trabajo sobre ejecuciones extrajudiciales de la CCEEU (Coordinaci\u00f3n Colombia, Europa, Estados unidos) extiende la invitaci\u00f3n al gran plant\u00f3n en contra del Fuero penal militar este mi\u00e9rcoles 15 de julio a las 10 de la ma\u00f1ana en el que las organizaciones demandar\u00e1n frente a la corte constitucional en la calle 12 N\u00ba 7-65, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":51,"featured_media":17283,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[16,23,21,29,3,18],"tags":[],"class_list":["post-17282","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-conflicto-armado","category-eventos","category-justicia","category-nacional","category-pais","category-victimas"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17282","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-json\/wp\/v2\/users\/51"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=17282"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17282\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-json\/wp\/v2\/media\/17283"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=17282"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=17282"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=17282"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}