{"id":24769,"date":"2022-07-10T14:37:48","date_gmt":"2022-07-10T19:37:48","guid":{"rendered":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/?p=24769"},"modified":"2022-07-10T14:40:38","modified_gmt":"2022-07-10T19:40:38","slug":"la-impunidad-tema-crucial-en-el-informe-final-de-la-cev-hallazgos-y-recomendaciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/2022\/07\/la-impunidad-tema-crucial-en-el-informe-final-de-la-cev-hallazgos-y-recomendaciones\/","title":{"rendered":"La impunidad: tema crucial en el Informe Final de la CEV. Hallazgos y recomendaciones"},"content":{"rendered":"\n<p>Por Albeiro Caro \/ Coordinador del Programa Territorio, Paz y Desarrollo de la CNAI<\/p>\n\n\n\n<p>En su Informe Final, la Comisi\u00f3n de Esclarecimiento de la Verdad \u2013 CEV- define la impunidad como un factor de persistencia en el conflicto armado. Lo plantea como un \u201cd\u00e9ficit de justicia hist\u00f3rico, generalizado y permanente respecto a las violaciones producidas contra millones de v\u00edctimas en el conflicto armado colombiano\u201d. La CEV evidencia este factor como un c\u00edrculo vicioso que se constituye en causa y consecuencia de las violaciones derivadas del conflicto, del desconocimiento de la justicia como un derecho. Le confiere a la impunidad dimensiones jur\u00eddicas y pol\u00edticas al servicio de intereses oficiales o privados donde la evasi\u00f3n de la responsabilidad frente a las graves violaciones cometidas aumenta las probabilidades de repetici\u00f3n, a la vez que debilita la legitimidad institucional al transmitir un mensaje de desesperanza social que deriva en desconfianza hacia el Estado. El no esclarecimiento de fondo, en relaci\u00f3n con los casos, a pesar de las denuncias o de las alertas tempranas planteadas ante los entes de control lleva, como problema hist\u00f3rico, a una cultura de ilegalidad alentada por el temor a denunciar.<\/p>\n\n\n\n<p>El entramado de impunidad se evidencia, a trav\u00e9s de los a\u00f1os, en factores como: la baja respuesta a las v\u00edctimas; en especial, en casos de derechos humanos, por indiferencia, burocratizaci\u00f3n, falta de acceso a los territorios, por vencimiento de t\u00e9rminos y atajos jur\u00eddicos. Por encasillamiento en estados de excepci\u00f3n, omisiones o tendencias contrainsurgentes sin sanci\u00f3n a violaciones de derechos humanos. Por ataques al sector judicial y al compromiso de funcionarios honestos, por persecuci\u00f3n, asesinato, corrupci\u00f3n o cooptaci\u00f3n institucional para neutralizar las investigaciones, as\u00ed como la incidencia negativa de la extradici\u00f3n, frente a los derechos a la verdad y a la justicia.<\/p>\n\n\n\n<p>La CEV resalta que, pese a la multiplicidad de informes, sentencias y medidas cautelares de La Corte Interamericana de Derechos Humanos, de la Comisi\u00f3n Interamericana, del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas y de las recomendaciones para evitar los niveles de impunidad, el Estado ha respondido con rechazo, lo que evidencia que la justicia ha sido un poder al que se ha buscado neutralizar. Al tiempo, la CEV valora el coraje y la resistencia con la que, a menudo, han respondido muchas personas comprometidas con el cumplimiento de su deber desde las instituciones, incluso, a costa de su seguridad personal, de la de sus familias y de sus vidas.<\/p>\n\n\n\n<p>Para ilustrar la profunda incidencia de la impunidad en Colombia, la CEV retoma datos de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n presentados a la JEP para mostrar un \u201cclaro d\u00e9ficit de investigaci\u00f3n judicial\u201d. \u00a0Por hechos cometidos antes del 1 de diciembre de 2016 la Fiscal\u00eda en abril de 2018 report\u00f3 223.282 casos de jurisdicci\u00f3n ordinaria relacionados con el conflicto armado, con 184.951 v\u00edctimas. El Registro \u00danico de V\u00edctimas a 2002 contaba 9.363.124 v\u00edctimas, lo que evidencia la enorme brecha entre lo ocurrido y lo que se investiga. En desaparici\u00f3n forzada no hay consolidaci\u00f3n de registros pero, seg\u00fan fuentes oficiales, son casos que superan las 120.000 personas.<\/p>\n\n\n\n<p>En autor\u00eda de delitos, en cuatro de cada diez casos reportados se desconoce el grupo implicado. Esto se evidencia en el 39,4% de 280.471 casos indiciados donde se desconoce el grupo responsable; en un 25% la autor\u00eda identificada es de grupos paramilitares, el 23,4% corresponde a las Farc EP, el 6,2% a la Fuerza P\u00fablica, el 4,6% al ELN y 1,5% a otros grupos de guerrillas.<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de violaciones al DIH y reclutamiento de menores (forzado en todos los casos) se cuentan 4.219 investigaciones en la Fiscal\u00eda frente a diez condenas derivadas de Justicia y Paz. Solamente est\u00e1n activas 1.291 investigaciones, 1.001 est\u00e1n inactivas y no hay registro del estado de 1.927 casos. Los reportes de la Fiscal\u00eda corresponden al Informe No.4 cuyos presuntos autores son miembros de las Farc EP, con 5.252 v\u00edctimas y 5.043 procesados.<\/p>\n\n\n\n<p>En la retenci\u00f3n ilegal de personas (denominado com\u00fanmente \u201csecuestros\u201d) el Informe 2 presentado a la JEP por parte de la Fiscal\u00eda registra 6.162 investigaciones relacionadas con las FARC EP con 8.163 v\u00edctimas y 275 sentencias condenatorias contra 614 personas, donde se incluye al Estado Mayor Central y al Secretariado. Sin embargo, el Informe de la CEV destaca la baja efectividad dado que, por largo tiempo, no hubo consecuencias jur\u00eddicas ni participaci\u00f3n real de las v\u00edctimas en el proceso. Todo ello se incorpora al proceso de la Justicia Especial para la Paz \u2013 JEP. A la firma del Acuerdo de Paz, la cifra de detenidos reconocidos de Farc EP fue de 3.015 personas, lo que permite deducir que, pese a las limitaciones, hubo algunos resultados.<\/p>\n\n\n\n<p>Los avances significativos se evidencian cuando las instituciones o los funcionarios independientes trascienden las \u00f3pticas de individualizaci\u00f3n y ponen en marcha metodolog\u00edas que se enfocan en la identificaci\u00f3n de redes, entramados y contextos, lo que permite comprender las problem\u00e1ticas de la violencia. Tambi\u00e9n, dice el Informe, se evidencian avances cuando hay acceso a las v\u00edctimas en condiciones de seguridad y se avanza en la investigaci\u00f3n de casos de macro criminalidad, se entienden las conexiones de impunidad en los territorios y los tent\u00e1culos que capturan la justicia como otro campo de disputa del conflicto armado.<\/p>\n\n\n\n<p>No obstante, el Informe subraya el predominio del fraccionamiento de los procesos judiciales en los expedientes abiertos por violaci\u00f3n de los derechos humanos en el marco del conflicto armado, el estudio de cr\u00edmenes aislados y la muy escasa investigaci\u00f3n sistem\u00e1tica \u201cde largo aliento para desarticular estructuras armadas\u201d. Se\u00f1ala, as\u00ed mismo, que no se advierten resultados convincentes, lo que incide como factor determinante en la prolongaci\u00f3n, por d\u00e9cadas, del conflicto armado. En esa din\u00e1mica, la justicia llega m\u00e1s a los ejecutores de bajo rango que a los determinadores responsables de ordenar, planear y financiar la violencia. El Informe deplora que no exista una instancia encargada de sistematizar el esclarecimiento de la actuaci\u00f3n de la justicia para aportar a la sociedad los hallazgos, avanzar hacia la no repetici\u00f3n y aportar a la memoria de las v\u00edctimas en el esclarecimiento de la verdad.<\/p>\n\n\n\n<p>Referente a coberturas, el Informe destaca los avances en las condiciones laborales de la rama judicial, en contraste con los tiempos de precariedad, dependencia del ejecutivo e injerencia de los partidos pol\u00edticos. En 2018 se logr\u00f3 tener presencia en los 1.103 municipios, frente a 970 en 1993. A pesar de esta cobertura del 100%, seg\u00fan cifras del Consejo Superior de la Judicatura, mientras los procesos aumentan en 264% el n\u00famero de despachos judiciales permanentes solo creci\u00f3 en un 38%. El contraste es notable frente a pa\u00edses de la OCDE que no tienen conflicto armado con violaciones masivas: mientras el est\u00e1ndar de la OCDE es de 64 jueces por cada 100.000 habitantes, en Colombia la cifra oscila entre 2016-2020 entre 11 y 11,3 despachos por cada 100.000 habitantes.<\/p>\n\n\n\n<p>La confluencia de los elementos adversos a la acci\u00f3n judicial: la precariedad, las barreras de acceso a los territorios y la afectaci\u00f3n del conflicto armado han condicionado la acci\u00f3n de la justicia. El Informe aborda casos emblem\u00e1ticos como la masacre de La Rochela en enero de 1989 y sus efectos sobre medidas restrictivas para acceder a los territorios para cumplimiento de misiones por parte de los investigadores judiciales, de Procuradur\u00eda, de Medicina Legal y de fuerzas de Polic\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n el sistema carcelario ha sido parte de este drama donde contrastan la precariedad extrema del com\u00fan de las personas privadas de la libertad con lo que el Informe denomina \u201cburbujas de bienestar\u201d para internos con poder econ\u00f3mico y pol\u00edtico. El Informe recuerda, tambi\u00e9n, el papel del Bloque Interno Capital que oper\u00f3 desde la C\u00e1rcel Modelo de Bogot\u00e1 e incidi\u00f3 en el paramilitarismo de la ciudad, mientras las guerrillas participaban, desde all\u00ed, en los canjes de militares y polic\u00edas cautivos en la selva. Son ejemplos que muestran estos establecimientos como espacios de negociaci\u00f3n de la guerra y de la impunidad, de transacci\u00f3n de subrogados penales, de sentencias laxas y de pol\u00edticas de sometimiento a la justicia. Frente al grueso n\u00famero de detenidos por causas comunes, mulas de narcotr\u00e1fico, campesinos cocaleros, funcionarios de bajo rango procesados por delitos contra la administraci\u00f3n p\u00fablica e internos, presuntamente, implicados en acciones de guerra. En contraste est\u00e1 la ocasional y rara minor\u00eda de internos que son m\u00e1ximos responsables de violaciones de derechos humanos y de lavadores de activos. De este modo, las c\u00e1rceles reafirman las redes criminales, la impunidad y son escenario evidente de la crisis judicial.<\/p>\n\n\n\n<p>El Informe resalta el papel del denominado \u201ccartel de la toga\u201d que involucra exmagistrados de la Corte Suprema de Justicia y un fiscal anticorrupci\u00f3n, adem\u00e1s de congresistas, exgobernadores y abogados, con desv\u00edo de expedientes de la parapol\u00edtica y de la corrupci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El Informe destaca la paradoja del n\u00famero de reformas a la justicia impulsadas por los poderes ejecutivo y legislativo, desde mediados del siglo pasado, en contraste con su menor impacto. Colombia se ha llenado de normatividad y jurisprudencia sobre derechos humanos e infracciones al DIH, para atender a las v\u00edctimas, en contraste con los juicios integrales de responsabilidades. Tambi\u00e9n, se ha pronunciado la justicia internacional desde la Corte Interamericana y hay resoluciones de los organismos de Naciones Unidas. Pero, predominan el desacato y el incumplimiento. Pese al refuerzo de la justicia en la Constituci\u00f3n de 1991, a trav\u00e9s de la Fiscal\u00eda, la Corte Constitucional y la Defensor\u00eda del Pueblo subsisten los bloqueos a los mecanismos relevantes de investigaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Los avances en la investigaci\u00f3n de delitos contra los derechos humanos llevaron a la creaci\u00f3n de la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscal\u00eda en 1994 (UDH-FGN) pasando a ocuparse de tareas que eran de competencia de la Procuradur\u00eda cuyas investigaciones no ten\u00edan consecuencias penales. El primer grupo de 25 fiscales fue infiltrado por el paramilitarismo, en tiempos de Carlos Casta\u00f1o; a este grupo se le intimid\u00f3 con amenazas e intervenci\u00f3n de militares. En 2001, el Fiscal Lu\u00eds Camilo Osorio quien fren\u00f3 la detenci\u00f3n preventiva del General Rito Alejo del R\u00edo por complicidad con grupos paramilitares en Urab\u00e1, a la vez que solicit\u00f3 la renuncia del Jefe de la UDH-FGN quien recibi\u00f3 apoyo del Fiscal General encargado y hubo investigaciones en contra de miembros del Cuerpo T\u00e9cnico de Investigaciones (CTI) que participaron de la investigaci\u00f3n y del arresto. Al respecto se pronunci\u00f3 la Corte Interamericana de Derechos Humanos.<\/p>\n\n\n\n<p>Otro caso relevante, de esfuerzo de investigadores judiciales, de filtraci\u00f3n, ataque a la justicia e impunidad es el del Parqueadero Padilla al frente del Centro Administrativo La Alpujarra, en el centro de Medell\u00edn. Como dice el Informe, en 1998, un grupo del CTI encontr\u00f3 un foco de operaci\u00f3n del paramilitarismo donde qued\u00f3 al descubierto el entramado financiero de las Autodefensas Unidas de C\u00f3rdoba y Urab\u00e1 (ACCU). Se encontraron organigramas, contabilidad, equipos de comunicaci\u00f3n; qued\u00f3 al descubierto la estructura paramilitar, su incidencia territorial, los aportes de empresarios y ganaderos, as\u00ed como los nexos con miembros de la fuerza p\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p>Aparecieron nombres de empresas, organizaciones y testaferros. Las personas procesadas se sometieron a sentencias anticipadas. Jacinto Soto Toro capturado el d\u00eda del operativo e imputado como jefe de finanzas de la organizaci\u00f3n se fug\u00f3 por la puerta de la C\u00e1rcel de Bellavista mediante boleta de libertad de un Fiscal que la expidi\u00f3 mediante fraude. A\u00f1os despu\u00e9s, en investigaciones realizadas con relaci\u00f3n a una cu\u00f1ada de Carlos Casta\u00f1o, acerca de las actividades de Funpazcor se evidenci\u00f3 el alcance del despojo de tierras. Desde entonces, los obst\u00e1culos desde la Fiscal\u00eda a las investigaciones consistieron en los traslados y la desaparici\u00f3n de expedientes, como ocurri\u00f3 con el caso del ya mencionado Parqueadero Padilla.<\/p>\n\n\n\n<p>La cooptaci\u00f3n de la justicia por parte del paramilitarismo fue otro m\u00e9todo empleado, como en tiempos del Fiscal Lu\u00eds Camilo Osorio. Como lo han denunciado organismos nacionales e internaciones de derechos humanos, la pol\u00edtica de investigaci\u00f3n sobre casos relevantes en contra de agentes del Estado o del paramilitarismo fue, como dice el informe, \u201cbajar el perfil\u201d, postergar o dejar de investigar\u201d. Fueron comunes los s\u00fabitos traslados de funcionarios, las destituciones, la supresi\u00f3n de comisiones investigadoras, el cierre de investigaciones y dem\u00e1s obst\u00e1culos.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, funcionarios cooptados desviaron la garant\u00eda e independencia de la justicia en provecho propio. As\u00ed, fue asesinada Yolanda Paternina Negrete, directora de la oficina regional de Fiscal\u00eda de Sincelejo quien investigaba la masacre del Chengue en 2001 donde estaban implicados alias Cadena y miembros de la Primera Brigada de Infanter\u00eda de la Armada. Un escolta, como pretexto habitual, se excus\u00f3 por enfermedad y dos sicarios la ultimaron frente a su casa. En ese a\u00f1o, dice el Informe, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos registr\u00f3 el asesinato de tres fiscales, dos jueces y cinco miembros del CTI, as\u00ed como la desaparici\u00f3n forzada de dos servidores de la judicatura, el secuestro de otros cuatro y m\u00e1s de cincuenta casos de amenazas, sin que la Fiscal\u00eda hiciera nada relevante para investigar.<\/p>\n\n\n\n<p>Como parte de la corrupci\u00f3n institucional y la cooptaci\u00f3n por el paramilitarismo, el Informe destaca el papel de Guillermo Le\u00f3n Valencia Cossio, fiscal delegado ante el Tribunal superior de Antioquia, en tiempos del fiscal Lu\u00eds Camilo Osorio y Director Seccional de Fiscal\u00edas de Medell\u00edn hasta 2008. La Corte lo encontr\u00f3 responsable como \u201cemisario de una organizaci\u00f3n criminal\u201d. Caso similar fue el de Ana Mar\u00eda Fl\u00f3rez en C\u00facuta, tambi\u00e9n Directora Seccional de fiscal\u00edas. Ella hab\u00eda reemplazado a Carlos Pinto, asesinado en 2001 y, a su vez, dice el Informe, \u00e9l era el reemplazo de Mar\u00eda del Rosario Silva asesinada por alias El Iguano. El Jefe de la Unidad de Polic\u00eda Judicial del CTI, Jes\u00fas David Corzo tambi\u00e9n fue asesinado por alias El Iguano como retaliaci\u00f3n por haberlo capturado en el a\u00f1o 2000. Este paramilitar revel\u00f3 distintas formas de complicidad entre paramilitares, agentes de la Fiscal\u00eda y del CTI en una regi\u00f3n donde se implement\u00f3 la pr\u00e1ctica de los hornos crematorios para desaparecer evidencias de homicidios.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta pr\u00e1ctica se extendi\u00f3 a otras regiones y se investig\u00f3 en la Comisi\u00f3n de Acusaciones de la C\u00e1mara de Representantes, como organismo competente para evaluar la actuaci\u00f3n del Fiscal. Sin embargo, nunca se avanz\u00f3 en las indagaciones de rigor. La gravedad de la implicaci\u00f3n de agentes de la Fiscal\u00eda y del CTI tambi\u00e9n se evidenci\u00f3 en el macro caso de los \u201cFalsos Positivos\u201d mediante fraudes y pruebas fraudulentas como parte del esquema de impunidad que llev\u00f3 a la muerte, al menos a 6.402 v\u00edctimas entre 2002 y 2008.<\/p>\n\n\n\n<p>En relaci\u00f3n con los Tribunales de Justicia y Paz derivada del proceso de desmovilizaci\u00f3n de las AUC, solamente se hab\u00edan postulado 3.635 paramilitares en 2010 frente a 31.671 reportados por el Gobierno. Es decir, 28.036 no tuvieron proceso ni condenas ni fueron individualizados. No obstante, la Contralor\u00eda present\u00f3 una cifra de mayor magnitud, al informar que \u00fanicamente se postularon el 6,7% de 58.161 desmovilizados registrados entre 2002 y octubre de 2016. A pesar de los resultados insuficientes y precarios, el proceso de Justicia y Paz permiti\u00f3 establecer el actuar del paramilitarismo, los nexos con la Fuerza P\u00fablica, las relaciones con empresarios y pol\u00edticos, las masacres, las ejecuciones fuera de combate, las desapariciones, as\u00ed como las actividades coordinadas con la Fiscal\u00eda y los militares para evadir investigaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>Los Tribunales de Justicia y Paz hasta junio de 2020 emitieron en la sala de Bogot\u00e1 40 sentencias condenatorias para 447 personas, incluyendo a los m\u00e1ximos comandantes de las AUC, quienes reconocieron judicialmente a m\u00e1s de 40.000 v\u00edctimas para reparaci\u00f3n integral. La sala de Medell\u00edn profiri\u00f3 15 sentencias condenatorias y 15 decisiones complementarias. La de Barranquilla 15 decisiones y dos adiciones. Para el mismo a\u00f1o, la Direcci\u00f3n de Justicia Transicional de la Fiscal\u00eda, agrega el Informe, report\u00f3 1.625 registros de investigaciones activas, con 588 postulados condenados por el Tribunal de Justicia y Paz.<\/p>\n\n\n\n<p>El Informe destaca la existencia de desmovilizaciones fraudulentas: miembros de grupos paramilitares reclutados a \u00faltima hora, desmovilizaciones ficticias de bloques enteros, caso del Frente Cacica La Gaitana de las Farc EP, en marzo de 2006, en Alvarado-Tolima. Por estos hechos hubo detrimento patrimonial por cerca de 1.119 millones de pesos y fue imputado el excomisionado de Paz, Lu\u00eds Carlos Restrepo, quien sigue pr\u00f3fugo de la justicia desde febrero de 2012.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n, la extradici\u00f3n de excomandantes de las AUC en 2008, acogidos a Justicia y Paz, se convirti\u00f3 en un bloque gubernamental al derecho a la verdad de las v\u00edctimas. El argumento del presidente Uribe se refiri\u00f3 a la actividad delincuencial que continuaba desde los centros de reclusi\u00f3n. No obstante, la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia resalt\u00f3 que la extradici\u00f3n debilit\u00f3 las posibilidades de avanzar en la lucha contra la impunidad relacionada con las violaciones a los derechos humanos. En similar sentido se expres\u00f3 la Fiscal\u00eda de la Corte Penal Internacional y la corte Interamericana de Derechos Humanos se\u00f1al\u00f3 que, en contextos de conflicto armado, este tipo de medidas \u201climita seriamente el esclarecimiento de los cr\u00edmenes\u201d y afecta los derechos de las v\u00edctimas.<\/p>\n\n\n\n<p>La Corte Interamericana reiter\u00f3 que el Estado debe asegurar la cooperaci\u00f3n y disponibilidad de los paramilitares extraditados ante las autoridades competentes. Seg\u00fan los testimonios ante la CEV las extradiciones ocurrieron por motivos pol\u00edticos y se hizo caso omiso a los derechos de las v\u00edctimas. En 2020, La Justicia Transicional de la Fiscal\u00eda registr\u00f3 447.471 formatos de v\u00edctimas interesadas en participar en los procesos de verdad. No obstante, muchas personas decidieron no hacerlo, entre otros factores, en raz\u00f3n de hostigamientos, amenazas y asesinatos ocurridos. Un caso emblem\u00e1tico es el de Yolanda Izquierdo Berr\u00edo, dirigente de la Organizaci\u00f3n Popular de Vivienda de Monter\u00eda asesinada en 2007 por reclamar t\u00edtulos de tierras para 700 familias despojadas por paramilitares. Como este, la CEV relata casos de v\u00edctimas de cr\u00edmenes de estado y altos \u00edndices de impunidad, as\u00ed como entramados de criminalidad con la participaci\u00f3n de antiguos jefes intermedios acogidos o por fuera de Justicia y Paz que reciclaron la violencia.<\/p>\n\n\n\n<p>La implicaci\u00f3n de terceros civiles, agentes del Estado no combatientes y presuntos financiadores del paramilitarismo, a partir de los testimonios de Justicia y Paz llev\u00f3 a compulsar copias y \u00f3rdenes de abrir investigaciones en 2020, en corte de cuentas de la Fiscal\u00eda para 16.772 casos. En la lista est\u00e1n los nombres de empresarios, comerciantes, profesionales, ganaderos y propietarios de tierras que, presuntamente, auspiciaron el conflicto armado. Entre los agentes del Estado no combatientes se enumeran exalcaldes, exgobernadores, jueces, magistrados, fiscales, congresistas y el caso de los financiadores constituye otro cap\u00edtulo pendiente, seg\u00fan el Informe de la CEV.<\/p>\n\n\n\n<p>El caso de la parapol\u00edtica permiti\u00f3 revelar los v\u00ednculos entre paramilitares y pol\u00edticos. Seg\u00fan Vicente Casta\u00f1o en 2005, el 35% de los miembros del Congreso eran sus amigos e iban por m\u00e1s en las siguientes elecciones. Esta declaraci\u00f3n fue reforzada por Salvatore Mancuso y llev\u00f3 a la Corte Suprema a crear la Comisi\u00f3n Especial de Apoyo Investigativo con nueve magistrados auxiliares. Se encontr\u00f3 un entramado de alianzas locales, regionales y nacionales entre paramilitares y pol\u00edticos. Sin embargo, esto no gener\u00f3 crisis pol\u00edtica ni hubo cuestionamiento dentro de los partidos aliados del gobierno. Como afirma la CEV, \u201ctodo qued\u00f3 en la voluntad de investigar de la Corte Suprema de Justicia\u201d. Los avances se lograron desde la investigaci\u00f3n independiente y el trabajo de campo con metodolog\u00edas de contexto (al respecto, son de destacar los aportes realizados por la Corporaci\u00f3n Nuevo Arco Iris desde el Observatorio del Conflicto de aquella \u00e9poca).<\/p>\n\n\n\n<p>Como a\u00f1ade el Informe de la CEV, hacia 2007 el Departamento Administrativo de Seguridad-DAS- infiltr\u00f3 la Corte Suprema de Justicia en un contexto de cuestionamiento de su labor por parte del Gobierno. Tanto los Magistrados de la CSJ como personas l\u00edderes defensoras de derechos humanos y algunos empresarios fueron sometidos a vigilancia e interceptaci\u00f3n de comunicaciones por parte del DAS. Sobre el caso existen diez sentencias de la CSJ y del Consejo de Estado. Se refieren a actuaciones del DAS desde 1987 y a los per\u00edodos 2002-2009 cuando se concentran significativamente los hechos delictivos. Es de recordar que el DAS hac\u00eda parte del Ejecutivo. Se dieron 25 casos con condena sobre un total de 40. En 2004 fueron proferidas cinco sentencias. Los delitos van desde concierto para delinquir agravado, violaci\u00f3n il\u00edcita de comunicaciones, uso il\u00edcito de equipos transmisores o receptores, abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto y homicidio.<\/p>\n\n\n\n<p>En relaci\u00f3n con los ataques al poder judicial, en diversos per\u00edodos los avances de la justicia se frenaron mediante ataques, homicidios, presiones, cooptaci\u00f3n y asedio en contra de testigos y operadores del sistema judicial.\u00a0 En los a\u00f1os ochenta el actor m\u00e1s violento, como lo dice el Informe de la CEV, fue el narcotr\u00e1fico, en medio de la lucha entre carteles de la droga. Hubo, tambi\u00e9n, nexos criminales con sectores de las Fuerzas Armadas, pol\u00edticos y empresarios que buscaron convertir la justicia en objetivo de escuadrones de la muerte para neutralizar las investigaciones en contra de los capos y sus aliados para evitar la extradici\u00f3n a Estados Unidos. Con los asesinatos del Ministro Lara Bonilla y, despu\u00e9s, de varios magistrados y del Procurador Carlos Mauro Hoyos, del candidato presidencial Jaime Pardo Leal, fundador de Asonal Judicial, se evidenci\u00f3 la entrada del narcotr\u00e1fico en la lucha contrainsurgente, su ataque a los di\u00e1logos de paz y a la apertura democr\u00e1tica.<\/p>\n\n\n\n<p>En 1989, el gobierno Barco hizo p\u00fablica una lista de 1.600 jueces amenazados de 4.000 existentes; sus enemigos eran el narcotr\u00e1fico y el paramilitarismo que amenazaron sus entornos familiares y sociales. Hubo penetraci\u00f3n del poder judicial, desplazamiento y exilio. El Grupo de Memoria Hist\u00f3rica tiene documentados hechos de violencia en contra de 1.487 funcionarios judiciales entre enero de 1979 y diciembre de 2009.<\/p>\n\n\n\n<p>En diversos momentos del conflicto armado, como afirma el Informe de la CEV, la justicia vivi\u00f3 el ataque de grupos armados paramilitares y de guerrillas, as\u00ed como de las Fuerzas Militares. Un caso relevante y tr\u00e1gico se refiere al holocausto del Palacio de Justicia el 6 y 7 de noviembre de 1985. La toma realizada por parte del M-19 y el contraataque por parte del ej\u00e9rcito provoc\u00f3 la muerte de magistrados, guerrilleros y personal civil no vinculado a la justicia.<\/p>\n\n\n\n<p>De otra parte, salen a flote las triangulaciones entre fuerzas paramilitares, narcotr\u00e1fico, militares y asociaciones de ganaderos que hab\u00edan estado sometidos al control de la guerrilla, como en el caso de las masacres en Honduras, La Negra y Punta Coquitos en Urab\u00e1 a comienzos de 1988. Tal es el caso de la responsabilidad de miembros del Batall\u00f3n Volt\u00edgeros, la Asociaci\u00f3n Campesina de Ganaderos del Magdalena Medio (Acdegam) de Puerto Boyac\u00e1 y con base en Fincas de Fidel Casta\u00f1o e involucramiento del Alcalde de Puerto Boyac\u00e1, Alfredo Rubio. El paramilitarismo contrainsurgente se disfraz\u00f3 como enfrentamiento entre las Farc y el EPL y se implicaron sicarios de las Escuelas del mercenario Israel\u00ed Yair Klein y militares del Batall\u00f3n Volt\u00edgeros. Dos juezas que investigaban fueron asesinadas, como m\u00e9todo violento de disuasi\u00f3n para funcionarios sucesores.<\/p>\n\n\n\n<p>Por su parte, las guerrillas afectaron oficinas de juzgados en 26 de 1.755 tomas a poblaciones y atacaron 46 instituciones carcelarias. Esto incluy\u00f3 amenazas en contra de funcionarios encargados de justicia. En 1991, plantea el Informe, las FARC EP masacraron una comisi\u00f3n encabezada por el Juez 75 de Instrucci\u00f3n Criminal Permanente de Bogot\u00e1, Lu\u00eds Miguel Garavito y varios fiscales e investigadores de la Localidad de Usme. Esto provoc\u00f3 un paro judicial y Asonal Judicial emiti\u00f3 un comunicado recomendando a los jueces no adelantar diligencias judiciales en zonas de conflicto, lo que llev\u00f3 a la estigmatizaci\u00f3n de las poblaciones y al miedo de los funcionarios que evitaron ser nombrados en las llamadas \u201czonas rojas\u201d. Tambi\u00e9n hubo amenazas, presiones, asesinatos de jueces y desplazamientos por parte del ELN en regiones como el Catatumbo, as\u00ed como parte del EPL, en varios casos operando mediante subcontrataci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Es de resaltar el papel de los estados de Excepci\u00f3n como mecanismos que prologaron la impunidad. Tal es el caso del Estado de Sitio y las justicias creadas en dicho marco de la constituci\u00f3n de 1886. Esto permiti\u00f3 el juzgamiento de civiles por parte de tribunales militare mediante consejos Verbales de Guerra. Despu\u00e9s de 1974, al terminar el Frente Nacional, la justicia penal militar continu\u00f3 la investigaci\u00f3n de delitos contra la seguridad del Estado. A esto se sumaron las torturas, los allanamientos, la anulaci\u00f3n del derecho de defensa, los Consejos Verbales de Guerra, los jueces sin rostro y el caso emblem\u00e1tico del {estatuto de Seguridad durante el Gobierno de Julio C\u00e9sar Turbay.<\/p>\n\n\n\n<p>Los organismos de inteligencia, agrega el Informe de la CEV, han dicho que la denuncia sobre violaci\u00f3n de los derechos humanos forma parte de la \u201cguerra jur\u00eddica\u201d como parte de una cruzada de la oposici\u00f3n a la guerra en el campo penal. De paso, se cuestion\u00f3 la investigaci\u00f3n disciplinaria de militares y polic\u00edas, por parte de la Procuradur\u00eda. Pero, a menudo, la justicia penal militar fue responsable al validar coartadas y tuvo incidencia en el encubrimiento de Falsos Positivos con la legalizaci\u00f3n de hechos y falseamiento de Actas.<\/p>\n\n\n\n<p>La CEV resalta dentro de la resistencia contra la impunidad el valeroso papel de Fabiola Lalinde, madre de Lu\u00eds Fernando Lalinde asesinado por una patrulla del Ej\u00e9rcito en 1984. En su operaci\u00f3n Sirir\u00ed, Do\u00f1a Fabiola se convirti\u00f3 en ejemplo de lucha de familiares de desaparecidos hasta encontrar los restos de Lu\u00eds Fernando y en referente del papel de las v\u00edctimas en los procesos de investigaci\u00f3n. Perseguida y acusada falsamente de narcotr\u00e1fico enfrent\u00f3 el negacionismo militar y sufri\u00f3 las consecuencias en su vida familiar hasta el exilio de otro de sus hijos.<\/p>\n\n\n\n<p>Un hecho contundente para la CEV es que la impunidad excluye y niega el derecho a saber qu\u00e9 pas\u00f3. En dicho sentido, la justicia se convierte en una forma de sanci\u00f3n social y validaci\u00f3n del sufrimiento y de la lucha. De otro lado, de la impunidad se han servido diversos grupos armados que se presentan como respuesta a problemas de las comunidades usando nombres aparentemente inofensivos y sublimes tales como \u201cAmor por Medell\u00edn\u201d, \u201cLimpieza total\u201d, \u201cDepartamento de Orden Ciudadano\u201d y otros que justifican el exterminio como \u201cMuerte a Jaladores de Carros\u201d. En s\u00edntesis, la impunidad ha sido un mecanismo utilizado desde el inicio del conflicto armado para ocultar, cooptar, intimidar a la justicia y borrar las huellas de las violaciones de los derechos humanos.<\/p>\n\n\n\n<p>La CEV plantea en sus recomendaciones la importancia de mejorar la capacidad de respuesta del Estado ante las violaciones de derechos humanos y entiende que la necesidad ciudadana de resolver los conflictos es una deuda inaplazable. Entiende la magnitud desproporcionada del reto frente al tama\u00f1o descomunal de la criminalidad y la falta de independencia producto de los dise\u00f1os institucionales, as\u00ed como de la cooptaci\u00f3n de algunos funcionarios de justicia por parte de actores legales e ilegales. Le confiere relevancia a la justicia como motor en la reconstrucci\u00f3n de la confianza de la ciudadan\u00eda para combatir la ilegalidad. Al respecto, es deseable que las recomendaciones tengan asidero en el goce efectivo de derecho a la justicia, a la verdad y a la reparaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En materia de recomendaciones de mediano plazo la CEV plantea: 1) Al Congreso, cambiar el mecanismo de elecci\u00f3n del Fiscal General para que el Ejecutivo no tenga injerencia y se garantice la independencia desde el dise\u00f1o institucional. 2) Dise\u00f1o y control del proceso de investigaci\u00f3n y judicializaci\u00f3n de aforados para abrir una discusi\u00f3n democr\u00e1tica en el Legislativo con el fin de garantizar independencia, transparencia y eficacia en el debido proceso. 3) A la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n con apoyo de la cooperaci\u00f3n internacional, le recomienda la creaci\u00f3n de un mecanismo independiente para evaluar riesgos de cooptaci\u00f3n y de corrupci\u00f3n de la Fiscal\u00eda y con base en ello, proponer reformas para fortalecer cargos de carrera y concursos de m\u00e9rito mejorando criterios de ingreso y permanencia de funcionarios, as\u00ed como criterios objetivos y verificables de traslado y remoci\u00f3n de funcionarios, con base en carga argumentativa para impedir el retraso de investigaciones penales y con garant\u00eda de estabilidad del personal. 4) En seguridad, que la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n asuma la investigaci\u00f3n de todos los delitos cometidos por miembros de las Fuerzas Militares, con excepci\u00f3n de los definidos en el C\u00f3digo Penal Militar. Controlar a los agentes de inteligencia militar para que no determinen ni participen indebidamente en actos de investigaci\u00f3n, tales como interceptaci\u00f3n de comunicaciones u operaci\u00f3n de agentes encubiertos, entre otros.<\/p>\n\n\n\n<p>Relacionado con el fortalecimiento de la investigaci\u00f3n en derechos humanos, en el mediano plazo propone al Congreso, la Fiscal\u00eda y el Consejo Superior de Pol\u00edtica Criminal, a los jueces penales hacer ajustes normativos: 5) Priorizar como pol\u00edtica criminal del Estado la investigaci\u00f3n de violaciones a los derechos humanos. 6) Incorporar en la normatividad nacional los cr\u00edmenes de guerra y de lesa humanidad para proveer a los fiscales del marco normativo adecuado de investigaci\u00f3n contextual. 7) Adecuar metodolog\u00edas de investigaci\u00f3n para identificaci\u00f3n de patrones y pr\u00e1cticas en vez de enfocarse en casos aislados y contribuir al desmantelamiento del fen\u00f3meno criminal. 8) En el corto plazo, le propone al Congreso de la Rep\u00fablica y al Consejo Superior de Pol\u00edtica Criminal priorizar la investigaci\u00f3n contra terceros civiles y agentes del Estado mediante un procedimiento de centralizaci\u00f3n de investigaciones activas y no activas incluidas las compulsas de copias a Justicia y Paz. 9) Priorizar investigaciones relacionadas con hostigamiento que amenacen la seguridad de los funcionarios judiciales. <\/p>\n\n\n\n<p>10) Recomienda al Presidente de la Rep\u00fablica, en el corto plazo, priorizar la investigaci\u00f3n, el juzgamiento y la sanci\u00f3n en Colombia, al momento de decidir sobre solicitudes de extradici\u00f3n. En este orden de ideas, 11) Recomienda el ajuste del procedimiento de extradici\u00f3n ci\u00f1\u00e9ndose a los planteamientos de la Corte Suprema de Justicia haciendo prevalecer los derechos de las v\u00edctimas y priorizar las investigaciones en Colombia si la persona solicitada puede contribuir a esclarecer el fen\u00f3meno de la criminalidad. 12) Al tiempo, recomienda al Gobierno establecer acuerdos para garantizar los procesos de verdad y reparaci\u00f3n frente a personas extraditadas en el pasado.<\/p>\n\n\n\n<p>12) En el mediano plazo, recomienda al Gobierno Nacional y al Congreso de la Rep\u00fablica la creaci\u00f3n de una Comisi\u00f3n Mixta (nacional e internacional) transitoria e independiente para apoyar la Unidad Especial de Investigaci\u00f3n de la Fiscal\u00eda creada con base en el Acuerdo de Paz para enfrentar la criminalidad responsable de la violencia en contra de l\u00edderes sociales y excombatientes. 13) As\u00ed mismo, recomienda avanzar en la construcci\u00f3n de paz como un proyecto nacional con una estrategia de sometimiento de organizaciones criminales, para contribuir a garantizar los derechos de las v\u00edctimas. En ese orden de ideas la CEV plantea que el Estado debe crear estructuras de incentivos efectivas para el sometimiento a la justicia.<\/p>\n\n\n\n<p>14) Tambi\u00e9n propone fortalecer los mecanismos formales e informales de justicia comunitaria en los departamentos y municipios, as\u00ed como el acceso a mecanismos de resoluci\u00f3n de conflictos, especialmente, en la ruralidad, as\u00ed como implementar mecanismos con arraigo en los valores comunitario e impulsar procesos de resoluci\u00f3n de conflictos entre pueblos \u00e9tnicos y comunidades campesinas, en el marco de ejercicios de gobernanza intercultural y justicia propia y promover Mesas Permanentes de Concertaci\u00f3n de los Pueblos Ind\u00edgenas, as\u00ed como la Jurisdicci\u00f3n Especial Ind\u00edgena y la Jurisdicci\u00f3n ordinaria. 15) Tambi\u00e9n propone tramitar y expedir el proyecto de ley de creaci\u00f3n de la jurisdicci\u00f3n especial agraria con herramientas institucionales, procesales, funcionarios y auxiliares de justicia especializados, con sus m\u00e9todos de resoluci\u00f3n de conflictos para evitar el escalamiento de controversias priorizando la justicia comunitaria en lo pertinente.<\/p>\n\n\n\n<p>Fuente:<\/p>\n\n\n\n<p>Comisi\u00f3n para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetici\u00f3n. Hay Futuro si hay verdad. Hallazgos y Recomendaciones. Hay futuro si Hay Verdad. Informe final junio 28 de 2022. Bogot\u00e1.<br \/>Recuperado de:&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.comisiondelaverdad.co\/hallazgos-y-recomendaciones-1\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">https:\/\/www.comisiondelaverdad.co\/hallazgos-y-recomendaciones-1<\/a><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Albeiro Caro \/ Coordinador del Programa Territorio, Paz y Desarrollo de la CNAI En su Informe Final, la Comisi\u00f3n de Esclarecimiento de la Verdad \u2013 CEV- define la impunidad como un factor de persistencia en el conflicto armado. 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