{"id":24969,"date":"2023-02-10T01:04:26","date_gmt":"2023-02-10T06:04:26","guid":{"rendered":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/?p=24969"},"modified":"2023-02-10T01:04:28","modified_gmt":"2023-02-10T06:04:28","slug":"exterminio-de-la-up-y-una-sentencia-historica-de-la-corte-interamericana-de-derechos-humanos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/2023\/02\/exterminio-de-la-up-y-una-sentencia-historica-de-la-corte-interamericana-de-derechos-humanos\/","title":{"rendered":"Exterminio de la UP y una Sentencia hist\u00f3rica de La Corte Interamericana de Derechos Humanos"},"content":{"rendered":"\n<p>Por Albeiro Caro \/ Coordinador del Programa Territorio, Paz y Desarrollo de la CNAI<\/p>\n\n\n\n<p>En un pa\u00eds como Colombia, atravesado por diversos conflictos desde su fundaci\u00f3n como Rep\u00fablica, actualmente con m\u00e1s de nueve millones de v\u00edctimas, el conocimiento de la historia nacional ha sido negado, incluso, desde su eliminaci\u00f3n como asignatura escolar durante el Gobierno de C\u00e9sar Gaviria. En paralelo, los mensajes predominantes en los medios de comunicaci\u00f3n construyen una narrativa estigmatizante con respecto al pasado reciente, del sentido de las luchas sociales y pol\u00edticas, de las razones que movieron a las v\u00edctimas a incursionar en el espacio p\u00fablico de la acci\u00f3n pol\u00edtica de sus organizaciones o territorios, o se les ha pretendido despojar del car\u00e1cter popular para llevarlas al terreno del mito, del inmovilismo, del estigma o del miedo. Se ha pretendido que la denominada cohesi\u00f3n social neoliberal sea regida por el fragmentado inter\u00e9s individual, lejos de todo sentido de solidaridad, en contra de la validez de la acci\u00f3n colectiva para, en cambio, imponer el manto de impunidad capaz de borrar la memoria de la razonabilidad de la lucha y la verdad del conflicto colombiano. As\u00ed, se ha procurado que la juventud se sienta ajena y extra\u00f1a frente a la historia del pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p>En este contexto, la sentencia del 27 de julio de 2022, dictada en el 65\u00b0 Per\u00edodo Extraordinario de Sesiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos [<a href=\"https:\/\/www.corteidh.or.cr\/docs\/casos\/articulos\/seriec_455_esp.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">1<\/a>] y publicada el 30 de enero de 2023, con respecto al exterminio de un Partido Pol\u00edtico en Colombia, de la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica, constituye un hecho hist\u00f3rico de la mayor trascendencia internacional. Su alto significado jur\u00eddico y pol\u00edtico refresca la memoria, promueve nuevos escenarios y din\u00e1micas de esclarecimiento de la verdad y establece mecanismos y oportunidades de reflexi\u00f3n-acci\u00f3n para la sociedad colombiana, para la democracia y sus instituciones, con proyecci\u00f3n internacional, con las consecuencias que de ello se derivan en materia penal, pedag\u00f3gica, cultural y de justicia restaurativa para la no repetici\u00f3n de estos cr\u00edmenes de lesa humanidad.<\/p>\n\n\n\n<p>A finales de los a\u00f1os 80, la vida transcurr\u00eda en medio del alud de noticias luctuosas de la denominada \u201cguerra sucia\u201d que azotaba al pa\u00eds. La escalada de asesinatos de dirigentes sociales y pol\u00edticos de izquierda, en campos y ciudades, tend\u00eda a agotar la capacidad de asombro ciudadano, a connaturalizar la muerte como desenlace l\u00f3gico de la movilizaci\u00f3n social y a marginar a los movimientos que procuraban construir un espacio en los \u00e1mbitos regional y nacional para ser alternativa de gobierno y de poder.<\/p>\n\n\n\n<p>Cabe afirmar que, durante esos a\u00f1os, confluyeron los diversos movimientos y tendieron a forjar bases unitarias que pusieron en cuesti\u00f3n el r\u00e9gimen dominante. Se romp\u00eda el viejo Frente Nacional detentador del monopolio del poder y movimientos alternativos de car\u00e1cter c\u00edvico-regional y pol\u00edticos como la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica, el Frente Popular y \u00a1A Luchar! pudieron copar espacios, a pesar del autoritarismo, de la verticalidad aplastante del Estado y del contubernio institucional con el paramilitarismo impulsado desde la l\u00f3gica de la lucha contra el enemigo interno, inspirado en la teor\u00eda de la seguridad nacional y el anticomunismo, desde tiempos de Guillermo Le\u00f3n Valencia y estimulado, tambi\u00e9n, mediante las alianzas con la mafia desde tiempos del gobierno de Turbay Ayala.<\/p>\n\n\n\n<p>Las experiencias de Acuerdos de Paz firmados por diferentes organizaciones insurgentes con el Gobierno de Belisario Betancur y los procesos de descentralizaci\u00f3n dejaron ense\u00f1anzas que permitieron afianzar la disposici\u00f3n de los movimientos pol\u00edticos emergentes para proyectarse hacia soluciones pol\u00edticas incruentas del conflicto armado y para disputar espacios en las bases sociales, en Asambleas, Concejos, Alcald\u00edas, Gobernaciones, Congreso y Presidencia de la Rep\u00fablica. De hecho, el surgimiento de la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica el 28 de mayo de 1985 condens\u00f3 la voluntad de las FARC-EP de hacer tr\u00e1nsito a la vida civil y el nuevo movimiento pol\u00edtico amplio se nutri\u00f3 de dirigentes populares, incluso, liberales y conservadores que nunca empu\u00f1aron armas.<\/p>\n\n\n\n<p>A pesar de las discusiones frente al fallido experimento de Acuerdos de Paz y a la mutua desconfianza entre el Gobierno y la oposici\u00f3n democr\u00e1tica y revolucionaria frente a los hechos de confrontaci\u00f3n armada y el terrorismo de Estado, la confluencia de los movimientos pol\u00edticos se abr\u00eda paso en el campo social. Fue evidente c\u00f3mo el r\u00e9gimen imperante, en vez de alentar las soluciones pol\u00edticas pac\u00edficas se refugi\u00f3, en primera instancia, en la militarizaci\u00f3n, a ra\u00edz de la ruptura de las treguas, as\u00ed como en el terrorismo de Estado, a partir del desenlace de la toma del Palacio de Justicia por parte del M-19 y la conflagraci\u00f3n provocada por la retoma por parte del Ej\u00e9rcito.<\/p>\n\n\n\n<p>Es de recordar que en 1986 la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica particip\u00f3 por primera vez en elecciones. Su candidato presidencial, Jaime Pardo Leal logr\u00f3 m\u00e1s de 300.000 votos, equivalentes al 10% de la votaci\u00f3n total y en los comicios legislativos, como lo recuerda Mu\u00f1oz [<a href=\"https:\/\/www.france24.com\/es\/programas\/historia\/20230207-colombia-y-su-responsabilidad-en-el-exterminio-de-la-uni%C3%B3n-patri%C3%B3tica\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">2<\/a>], la UP logr\u00f3 representaci\u00f3n en el Senado, en la C\u00e1mara de Representantes, as\u00ed como un buen n\u00famero de esca\u00f1os en Concejos Municipales y Alcald\u00edas. Para ese momento, ya hab\u00edan sido asesinados 300 de sus integrantes. El 30 de agosto de 1986 fue asesinado Leonardo Posada, elegido Representante a la C\u00e1mara y, sin que pasara un d\u00eda, tambi\u00e9n fue asesinado el Senador Pedro Nel Jim\u00e9nez.<\/p>\n\n\n\n<p>En ese contexto autoritario, el experimento fallido de Acuerdos de Paz languideci\u00f3, en medio de tragedias y con \u00e9l, tambi\u00e9n el Gobierno de Belisario Betancur entr\u00f3 entonces en escena el gobierno de Virgilio Barco en 1986. Sin embargo, la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica decidi\u00f3 persistir en la acci\u00f3n pol\u00edtica legal, en un contexto en que el Estado la se\u00f1ala como \u201cbrazo pol\u00edtico de las FARC\u201d. Tambi\u00e9n, en octubre de 1987, es asesinado el Candidato Presidencial Jaime Pardo Leal y en marzo de 1990, Bernardo Jaramillo, tambi\u00e9n Candidato Presidencial de la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica.<\/p>\n\n\n\n<p>Alberto Donadio [<a href=\"https:\/\/www.youtube.com\/watch?v=oKOvcA5hNgE\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">3<\/a>] describe c\u00f3mo se multiplicaron los asesinatos durante el Gobierno Barco y c\u00f3mo se desarroll\u00f3, gota a gota, la pol\u00edtica de extermino contra la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica. Plantea que el Presidente Barco cont\u00f3 con los servicios de asesor\u00eda de Rafi Eitan, agente israel\u00ed y amigo personal del Presidente, para elaborar un diagn\u00f3stico acerca de \u201cc\u00f3mo acabar con la guerrilla\u201d, con base en el cual se plante\u00f3 la estrategia de exterminio. Presuntamente, su retribuci\u00f3n se hizo con base en \u201crecursos opacos\u201d de Ecopetrol gestionados por Juan Jos\u00e9 Turbay, miembro de la Junta Directiva de Ecopetrol para autorizar el pago, sin dejar registro oficial. El alto mando militar colombiano prefiri\u00f3 emprender directamente la labor de aniquilaci\u00f3n, por lo que no fue necesario un segundo pago al agente israel\u00ed. De las fuentes difusas de dicha asesor\u00eda, Donadio plantea que existen notas de prensa internacional por parte del Diario The Washington Post del tres de septiembre de 1989 y un borrador de contrato de 1987 con una firma de seguridad israel\u00ed encontrado por \u00e9l mismo durante sus pesquisas period\u00edsticas.<\/p>\n\n\n\n<p>En los primeros 14 meses del gobierno Barco fueron asesinadas m\u00e1s de 400 personas vinculadas a la UP. Desde el Gobierno Barco y en esos primeros a\u00f1os, despu\u00e9s de su per\u00edodo presidencial, fueron asesinados 3.122 integrantes de la UP. Entre 1986 y 1987 los muertos de la UP representaron el 60% de las v\u00edctimas vinculadas a movimientos sociales y pol\u00edticos. Como lo recuerdan Fajardo y Ortega [<a href=\"https:\/\/revistaraya.com\/fue-el-estado-la-sentencia-de-la-corte-idh-en-el-caso-union-patriotica\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">4<\/a>], apoy\u00e1ndose en cifras de la Comisi\u00f3n de la Verdad, al menos, fueron asesinadas o desaparecidas 5.733 personas, entre ellas, dos de sus candidatos presidenciales, 32 candidatos a concejos, alcald\u00edas y asambleas, 165 concejales, 14 diputados, seis congresistas y 17 alcaldes.<\/p>\n\n\n\n<p>En veinte a\u00f1os, las v\u00edctimas de la UP contando asesinatos, desapariciones forzadas, torturas, amenazas, estigmatizaci\u00f3n, judicializaciones indebidas, entre otras pr\u00e1cticas violentas, ascendieron a m\u00e1s de seis mil, reportadas ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.<\/p>\n\n\n\n<p>A pesar del cierre de espacios, del asesinato pertinaz de l\u00edderes y lideresas, de la desaparici\u00f3n forzada, del desplazamiento y del exilio, los movimientos pol\u00edticos emergentes y los movimientos sociales persistieron en su acci\u00f3n democr\u00e1tica. A menudo, los eventos culturales y de movilizaci\u00f3n pol\u00edtica fueron reemplazados por funerales de dirigentes sociales y pol\u00edticos en diversas ciudades.<\/p>\n\n\n\n<p>A la par, se fue incubando la movilizaci\u00f3n por la apertura democr\u00e1tica, por la salida pol\u00edtica al conflicto armado, por el respeto al derecho internacional humanitario y por la reforma constitucional. El proceso de demanda internacional inici\u00f3 en 1993 con base en la presentaci\u00f3n del caso, por parte de la Corporaci\u00f3n Reiniciar ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Como se puede observar, son veinte a\u00f1os de luchas y demandas donde tuvo que ser un tribunal internacional quien condenara al Estado colombiano ante la impunidad reinante en la jurisdicci\u00f3n nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>Es de resaltar que la Justicia Especial para la Paz -JEP- tiene abierto el macro-caso 06 relacionado con las v\u00edctimas de la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica. Las cifras de la JEP reportan 5.733 personas asesinadas o desaparecidas entre 1984 y 2016, de las cuales 4.616 fueron asesinadas, 1.117 fueron v\u00edctimas de desaparici\u00f3n forzada y 2.217 fueron reportadas por desplazamiento forzado.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La Responsabilidad Estatal en el Extermino de la UP<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p> Como muestra la Corte IDH, ante el r\u00e1pido ascenso de la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica en la pol\u00edtica nacional, especialmente en algunas regiones de presencia guerrillera tradicional, se fragu\u00f3 una alianza entre grupos paramilitares, sectores tradicionales de la pol\u00edtica, fuerza p\u00fablica y grupos empresariales para contrarrestar el avance de la UP. Para ello, hicieron uso de la violencia en contra de simpatizantes y militantes en una labor de extermino que se extendi\u00f3 por m\u00e1s de dos d\u00e9cadas en el territorio nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>El plan de exterminio de la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica se convirti\u00f3 en un ejercicio sistem\u00e1tico con participaci\u00f3n de agentes estatales y aquiescencia de las autoridades, lo que se configur\u00f3 en un crimen de lesa humanidad, en medio de la impunidad reinante. La Corte IDH encontr\u00f3 que en la responsabilidad del Estado colombiano frente al exterminio de la UP se superponen formas de responsabilidad directa por la participaci\u00f3n de actores estatales y no estatales, en diferentes hechos de violencia contra integrantes de la UP, como por los mecanismos de tolerancia, aquiescencia y colaboraci\u00f3n para que los hechos violentos ocurrieran.<\/p>\n\n\n\n<p>La Corte IDH estableci\u00f3 la responsabilidad del Estado en la violaci\u00f3n a la libertad de expresi\u00f3n, de asociaci\u00f3n y a los derechos pol\u00edticos en perjuicio de las v\u00edctimas por las siguientes razones: 1) Violencia f\u00edsica y simb\u00f3lica en contra de un partido pol\u00edtico declarado como \u201cenemigo interno\u201d obstaculizando su actividad pol\u00edtica. 2) Acciones y omisiones al deber de protecci\u00f3n estatal creando un clima de victimizaci\u00f3n y estigma en contra de la UP. 3) Afectaci\u00f3n de la integridad f\u00edsica y psicol\u00f3gica de los integrantes y militantes de la UP, por la estigmatizaci\u00f3n creada. 4) Retiro de la Personer\u00eda Jur\u00eddica de la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica suprimida por el Consejo Nacional electoral en 2002, aunque dicha personer\u00eda fue restituida por el Consejo de Estado, en julio de 2013. Tambi\u00e9n, fueron vulnerados los derechos al reconocimiento de personer\u00eda jur\u00eddica, a la vida, a la integridad personal, a la libertad de circulaci\u00f3n y residencia, a los derechos del ni\u00f1o y los relacionados con la Convenci\u00f3n Interamericana sobre Desaparici\u00f3n forzada de Personas, por ejecuciones, desapariciones, torturas, detenciones arbitrarias, amenazas y hostigamientos en contra de las personas vinculadas a la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed mismo, estableci\u00f3 afectaci\u00f3n al derecho a la honra y dignidad, por declaraciones de funcionarios en contra de integrantes y militantes de la UP. No solamente no previno, sino que, a trav\u00e9s de sus funcionarios, en especial a trav\u00e9s de altas autoridades, el Estado contribuy\u00f3 directamente en los ataques en contra de la honra y reputaci\u00f3n de las personas integrantes de la UP, agravando su situaci\u00f3n de vulnerabilidad.<\/p>\n\n\n\n<p>En relaci\u00f3n con los derechos y garant\u00edas judiciales y el deber de investigar hechos de tortura, la Corte pudo constatar: 1) La ausencia de investigaci\u00f3n y persecuci\u00f3n penal de los hechos de violencia contra la UP imposibilitando diferenciar el impacto que dichas violaciones tuvieron en diferentes grupos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad. 2) Inexistencia de definici\u00f3n judicial frente a los hechos de violencia, en un plazo razonable y 3) Vulneraci\u00f3n del derecho a la verdad, como derecho aut\u00f3nomo, por parte del Estado. As\u00ed mismo, la Corte encontr\u00f3 responsabilidad del Estado Colombiano en la violaci\u00f3n del derecho a la integridad personal, en perjuicio de las v\u00edctimas de desaparici\u00f3n forzada y ejecuciones, identificadas por la Corte con base en listado de familiares de v\u00edctimas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Las medidas de Reparaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p> La Corte en su Sentencia orden\u00f3 medidas de reparaci\u00f3n consistentes en actividades de investigaci\u00f3n, tratamiento m\u00e9dico, psicol\u00f3gico, psiqui\u00e1trico y psicosocial a las v\u00edctimas; tambi\u00e9n, actividades de comunicaci\u00f3n y difusi\u00f3n de la Sentencia, de reflexi\u00f3n, de rendici\u00f3n de cuentas a la Corte en materia acuerdos con la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica sobre protecci\u00f3n, as\u00ed como de indemnizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En lo relacionado con las medidas de investigaci\u00f3n, la Sentencia estipula que, en un plazo no mayor de dos a\u00f1os, se inicie, impulse, reabra y contin\u00fae la investigaci\u00f3n para establecer la verdad sobre los graves hechos con el fin de establecer las responsabilidades penales y superar la impunidad. As\u00ed mismo, ordena efectuar la b\u00fasqueda de las personas desaparecidas.<\/p>\n\n\n\n<p>En relaci\u00f3n con el tratamiento m\u00e9dico, psicol\u00f3gico, psiqui\u00e1trico y psicosocial, se plantea hacerlo extensivo a todas las v\u00edctimas que as\u00ed lo soliciten.<\/p>\n\n\n\n<p>Con respecto a las publicaciones y difusi\u00f3n de la Sentencia, la Corte Plantea la publicaci\u00f3n de su resumen oficial. As\u00ed mismo, ordena realizar un acto p\u00fablico de reconocimiento de responsabilidad internacional. Establecer un d\u00eda nacional en conmemoraci\u00f3n de las v\u00edctimas de la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica y difundirlo ampliamente, entre otros escenarios, en escuelas y colegios p\u00fablicos. As\u00ed mismo, construir un monumento en memoria de las v\u00edctimas y de los hechos cometidos contra ellas. Tambi\u00e9n, ordena difundir un documental audiovisual sobre la violencia y estigmatizaci\u00f3n en contra de la UP y sensibilizar a sociedad colombiana con respecto a la violencia, persecuci\u00f3n y estigmatizaci\u00f3n de la UP, para lo cual debe adelantarse una campa\u00f1a nacional en medios p\u00fablicos. Del mismo modo, deben realizarse foros acad\u00e9micos en al menos cinco universidades p\u00fablicas en distintos lugares del pa\u00eds sobre los actos de exterminio en contra de la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica.<\/p>\n\n\n\n<p>En materia de medidas de protecci\u00f3n, la Corte establece que debe rend\u00edrsele un informe relacionado con acuerdos con la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica acerca de las medidas de fortalecimiento de los mecanismos de protecci\u00f3n existentes y su implementaci\u00f3n para garantizar la seguridad de dirigentes, miembros y militantes de la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, la Corte estipula en su Sentencia que se deben pagar las cantidades fijadas por concepto de indemnizaciones por da\u00f1os materiales e inmateriales. Para una indemnizaci\u00f3n adecuada, esto implica tener en cuenta si se trata de personas y\/o n\u00facleos familiares, v\u00edctimas de varias violaciones, as\u00ed como las violaciones derivadas de la denegaci\u00f3n de la justicia. Al respecto, los representantes de las v\u00edctimas plantean \u201cque se ordene al Estado indemnizaciones compensatorias de da\u00f1os materiales e inmateriales ocasionados a las v\u00edctimas y sus familiares y que se ordenen con base en los est\u00e1ndares de la Corte Interamericana, de manera individual y reconociendo la naturaleza y gravedad de las violaciones\u201d. Por su parte, el Estado apela al principio de complementariedad y subsidiariedad, en relaci\u00f3n con las v\u00edctimas que ya obtuvieron una reparaci\u00f3n a nivel interno, desde lo contencioso administrativo (35 casos). En los casos de violaci\u00f3n por parte del Estado e incumplimiento del deber de respeto y donde las v\u00edctimas no hayan acudido a la jurisdicci\u00f3n contencioso administrativa, solicita que la Corte otorgue las reparaciones con base en los par\u00e1metros y montos establecidos por el Consejo de Estado para casos similares y en el caso en que se constate una violaci\u00f3n exclusivamente relacionada con el deber de garant\u00eda, solicita que la reparaci\u00f3n por v\u00eda administrativa se canalice con base en los estipulado den la Ley 1448 de 2011.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Las Proyecciones<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p> La Corte IDH con las medidas planteadas busca que la sociedad colombiana comprenda la magnitud de la violencia y emprenda los caminos de la reconciliaci\u00f3n, a partir del reconocimiento de responsabilidades, de la verdad y de la implementaci\u00f3n de la justicia restaurativa. Al respecto, es pertinente valorar el papel de la Comisi\u00f3n de la Verdad y de la JEP surgidas del Acuerdo de Paz. Tambi\u00e9n es de reconocer que el exterminio de la UP caus\u00f3 un inmenso da\u00f1o social y humanitario y signific\u00f3 una oportunidad perdida para la paz y la reconciliaci\u00f3n nacional, con alto n\u00famero de v\u00edctimas para la propia organizaci\u00f3n, para el pa\u00eds y para la democracia que pudo ser, como puente de tr\u00e1nsito de las FARC-EP hacia la vida civil hace m\u00e1s de treinta a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p>No obstante, es de reconocer la restituci\u00f3n de la personer\u00eda jur\u00eddica y la apertura del macrocaso 06 de la JEP, as\u00ed como el trabajo de la Unidad de B\u00fasqueda de Personas dadas por Desaparecidas.<\/p>\n\n\n\n<p>Hoy la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica forma parte del Pacto Hist\u00f3rico y, por ende, de la coalici\u00f3n del gobierno. Varios de sus integrantes ocupan cargos ministeriales y curules en el Congreso de la Rep\u00fablica. Sin embargo, es pertinente establecer los alcances de la reparaci\u00f3n pol\u00edtica, social y personal frente a la violencia sistem\u00e1tica ejercida por parte del Estado.<\/p>\n\n\n\n<p>De hecho, Fajardo y Ortega (Op. Cit) llaman la atenci\u00f3n que la Sentencia debe ser estudiada y debatida en los meses subsiguientes, por cuanto puede tener sus propios l\u00edmites, dado que las v\u00edctimas han reclamado que se reconozca el exterminio de la UP como un genocidio pol\u00edtico y la comisi\u00f3n de la Verdad tiende a entenderlo as\u00ed. Sin embargo, la Corte IDH no parece identificarse en el mismo sentido. El an\u00e1lisis sigue abierto y, mientras tanto, la JEP sigue avanzando en la identificaci\u00f3n y sanci\u00f3n de los responsables.<\/p>\n\n\n\n<p>El martes 7 de febrero de 2023 se realiz\u00f3 en el Capitolio Nacional la sesi\u00f3n solemne promovida desde las Presidencias del Congreso de la Rep\u00fablica y de la C\u00e1mara de Representantes, en homenaje a la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica -UP-, a la memoria de sus dirigentes y militantes asesinados, de las v\u00edctimas y sobrevivientes, en solidaridad y reconocimiento del Congreso a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos frente al exterminio de esta organizaci\u00f3n nacida del Acuerdo de Paz suscrito entre el Gobierno de Belisario Betancur y las FARC-EP en 1984.<\/p>\n\n\n\n<p>En el evento se hicieron presentes sobrevivientes y familiares de las v\u00edctimas, entre quienes se encuentran integrantes del Gobierno de Gustavo Petro, tales como las Ministras Patricia Ariza y Gloria Ram\u00edrez, as\u00ed como el Ministro Germ\u00e1n Uma\u00f1a Mendoza; tambi\u00e9n, las Congresistas A\u00edda Abella, Jael Quiroga Carrillo, Gloria Fl\u00f3rez, Imelda Daza, Iv\u00e1n Cepeda y Gabriel Becerra, Coordinador de la Bancada del Pacto Hist\u00f3rico.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed mismo, estuvo presente el hijo de Bernardo Jaramillo, el Equipo de la Corporaci\u00f3n para la Defensa y Promoci\u00f3n de los Derechos Humanos-Reiniciar, liderado por la Senadora Jael Quiroga, entidad promotora de la denuncia internacional ante la Corte Interamericana, respecto al exterminio de la UP, organizaci\u00f3n que mediante Resoluci\u00f3n 011 de 2023 recibi\u00f3 el reconocimiento del Congreso de la Rep\u00fablica por su labor en la b\u00fasqueda de justicia y no impunidad y de su labor humanitaria por el reconocimiento de la responsabilidad del Estado Colombiano en el genocidio de la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n, es de destacar que, con ocasi\u00f3n de la Sentencia de la Corte IDH, Heberth Veloza Garc\u00eda, alias H.H. exjefe paramilitar recluido en la C\u00e1rcel de M\u00e1xima Seguridad de Itag\u00fc\u00ed, excomandante del Bloque Bananero y Calima de las AUC como informa Saavedra [<a href=\"https:\/\/caracol.com.co\/2023\/02\/08\/alias-hh-presento-una-solicitud-a-la-jep-para-contar-quienes-acabaron-con-la-up\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">5<\/a>], solicit\u00f3 comparecer en el Caso 08 de fuerzas Militares de la JEP para contar acerca de los implicados en el exterminio de la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica. Al respecto, envi\u00f3 una carta a las Senadoras A\u00edda Abella, Jael Quiroga y a Gabriel Becerra, militantes de la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica, con el fin de contar el papel que cumpli\u00f3 en dicho plan de aniquilamiento.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed que los temas de verdad, justicia, reparaci\u00f3n y voluntad de no repetici\u00f3n siguen abiertos y seguramente requerir\u00e1n nuevos debates, comparecencias, sanciones, medidas de reparaci\u00f3n y reflexiones con respecto a los alcances de la Sentencia y a la sanci\u00f3n de los determinadores.<\/p>\n\n\n\n<p>Fuentes:[<a href=\"https:\/\/www.corteidh.or.cr\/docs\/casos\/articulos\/seriec_455_esp.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">1<\/a>] Corte Interamericana de Derechos Humanos. CASO INTEGRANTES Y MILITANTES DE LA UNI\u00d3N PATRI\u00d3TICA VS. COLOMBIA. SENTENCIA DE 27 DE JULIO DE 2022. Publicado 30 de enero de 2023.<\/p>\n\n\n\n<p>Ver:&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.corteidh.or.cr\/docs\/casos\/articulos\/seriec_455_esp.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">https:\/\/www.corteidh.or.cr\/docs\/casos\/articulos\/seriec_455_esp.pdf<\/a>[<a href=\"https:\/\/www.france24.com\/es\/programas\/historia\/20230207-colombia-y-su-responsabilidad-en-el-exterminio-de-la-uni%C3%B3n-patri%C3%B3tica\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">2<\/a>]<a href=\"https:\/\/www.france24.com\/es\/autor\/llu%C3%ADs-mu%C3%B1oz-pandiella\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Mu\u00f1oz Pandiella<\/a>&nbsp;Llu\u00eds. Colombia y su responsabilidad en el exterminio de la Uni\u00f3n Patri\u00f3tica. France 24. Febrero 07 de 2023.<\/p>\n\n\n\n<p>Ver:&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.france24.com\/es\/programas\/historia\/20230207-colombia-y-su-responsabilidad-en-el-exterminio-de-la-uni%C3%B3n-patri%C3%B3tica\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">https:\/\/www.france24.com\/es\/programas\/historia\/20230207-colombia-y-su-responsabilidad-en-el-exterminio-de-la-uni%C3%B3n-patri%C3%B3tica<\/a>[<a href=\"https:\/\/www.youtube.com\/watch?v=oKOvcA5hNgE\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">3<\/a>] Donadio Alberto. VIRGILIO BARCO Y EL EXTERMINIO DE LA UP. Los Danieles. Enero 10 de 2021.<\/p>\n\n\n\n<p>Ver:&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.youtube.com\/watch?v=oKOvcA5hNgE\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">https:\/\/www.youtube.com\/watch?v=oKOvcA5hNgE<\/a>[<a href=\"https:\/\/revistaraya.com\/fue-el-estado-la-sentencia-de-la-corte-idh-en-el-caso-union-patriotica\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">4<\/a>] Fajardo Diego y Ortega Daniel. Fue el Estado, la sentencia de la Corte IDH en el caso Uni\u00f3n Patri\u00f3tica. Revista Raya. Febrero 01 de 2023.<\/p>\n\n\n\n<p>Ver:&nbsp;<a href=\"https:\/\/revistaraya.com\/fue-el-estado-la-sentencia-de-la-corte-idh-en-el-caso-union-patriotica\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">https:\/\/revistaraya.com\/fue-el-estado-la-sentencia-de-la-corte-idh-en-el-caso-union-patriotica<\/a>[<a href=\"https:\/\/caracol.com.co\/2023\/02\/08\/alias-hh-presento-una-solicitud-a-la-jep-para-contar-quienes-acabaron-con-la-up\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">5<\/a>] Saavedra L. Alias \u2018HH\u2019 present\u00f3 una solicitud a la JEP para contar quienes acabaron con la UP. Caracol Radio. Febrero 08 de 2023.<\/p>\n\n\n\n<p>Ver:&nbsp;<a href=\"https:\/\/caracol.com.co\/2023\/02\/08\/alias-hh-presento-una-solicitud-a-la-jep-para-contar-quienes-acabaron-con-la-up\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">https:\/\/caracol.com.co\/2023\/02\/08\/alias-hh-presento-una-solicitud-a-la-jep-para-contar-quienes-acabaron-con-la-up\/<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Albeiro Caro \/ Coordinador del Programa Territorio, Paz y Desarrollo de la CNAI En un pa\u00eds como Colombia, atravesado por diversos conflictos desde su fundaci\u00f3n como Rep\u00fablica, actualmente con m\u00e1s de nueve millones de v\u00edctimas, el conocimiento de la historia nacional ha sido negado, incluso, desde su eliminaci\u00f3n como asignatura escolar durante el Gobierno [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":24728,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":true,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[634,633,15,18],"tags":[],"class_list":["post-24969","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-construccion-de-paz","category-opinion","category-politica","category-victimas"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24969","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=24969"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24969\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-json\/wp\/v2\/media\/24728"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=24969"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=24969"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/arcoiris.com.co\/v3\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=24969"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}